ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

¿Sexualidad en la escuela? Los desafíos de la Ley de Educación Sexual Integral

26593804Informe12 de Julio de 2019

3.454 Palabras (14 Páginas)242 Visitas

Página 1 de 14

¿Sexualidad en la escuela?

Los desafíos de la Ley de

Educación Sexual Integral

Por Orlando Martín

[pic 1][pic 2]


ÍNDICE

INTRODUCCIÓN             9

1.        UNA LEY DE DERECHO            13

Una ley desde los derechos humanos

1.1.        El punto de partida desde los chicos y con los

docentes        .     13

  1. el punto de partida con los padres              16
  2. Programa nacional de educación sexual integral ………..     17

2.        ¿EN QUÉ ANTROPOLOGÍA SE SUSTENTA

LA LEY DE EDUCACIÓN?            23

  • Qué significa educación sexual integral
  • Objetivos y contenidos
  1. Enfoques parciales en sexualidad y en educación sexual ….      23
  2. Enfoque comprehensivo e integral            24
  3. ¿Cuál es el enfoque de la ley?            26

3.        DESDE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO

Y LA PREVENCIÓN            35

  1. Concepto de género            35
  2. Género y coeducación. Género y modelos

educativos            40

3.3.        La estrategia preventiva y educativa en sexualidad

y amor            44

4.        UNIVERSALIDAD Y CONTENIDOS            47

-        Inclusión, equidad

  1. Universalidad            47
  2. Contenidos            47
  3. Algunos contenidos y sugerencias            48

5.        DESDE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO

Y        LA PREVENCIÓN               53

Introducción                53

  1. Inclusión, integración                55
  2. Currículo                61
  3. Frente a las nuevas propuestas de la oms, de la unesco

y de la nueva ley de educación nacional              63

  1. El gran desafío: la transversalidad            64
  2. Algunos pasos concretos para empezar            66

Conclusiones            71

6.        LA PARTICIPACIÓN ACTIVA DE LA FAMILIA

  • LA NECESARIA CONJUNCIÓN DE LA FAMILIA
  • LA ESCUELA             73

  1. La familia en la educación de la sexualidad               74
  2. Padres-escuela              81

7.        CON POLÍTICAS CONSISTENTES, CON DIRECTIVOS

Y        DOCENTES CAPACITADOS Y ENTUSIASMADOS .....................     97

  1. Política nacional organizativa y pedagógica             97
  2. La implementación del programa por jurisdicciones o

provincias. La capacitación y formación de los docentes ..................       101

EPÍLOGO             125

ANEXO Io

HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN

ARGENTINA            127

ANEXO IIo

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA

DE BUENOS AIRES           131

ANEXO IIIo

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS

DEL NIÑO           137

BIBLIOGRAFÍA          139

1.UNA LEY DE DERECHO

Una ley desde los derechos humanos

1.1. El punto de partida desde los chicos y con los docentes

El primer capítulo de la Ley 26150, el Programa Nacional de Educación Sexual Integral (PNESI), comienza de la siguiente manera:

Artículo 1o. Todos los educandos tienen derecho a recibir educación sexual integral* en los establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada de las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal. A los efectos de esta ley, entiéndase como educación sexual integral la que articula aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos.

La ley parte desde el derecho del alumno

¿Qué significa partir del derecho?

  1. Que se enmarca en la corriente universal de los derechos humanos de las Naciones Unidas y de los derechos del niño/a y del adolescente en particular.
  2. Que se asienta en el mundo de las necesidades del educando. Parte del alumno que aprehende (no del currículo ni del docente) y se centra en él.

Este enunciado merece una atenta reflexión:

  • La educación está al servicio del educando (y no a la inversa), por eso la construcción de un currículo no puede realizarse sin tener en cuenta la específica situación socio-familiar y cultural del alumno y el lugar donde se encuentra la escuela.
  • Este principio no es opcional; implica obligatoriedad desde el contexto de toda la ley y desde la actual pedagogía centrada en el alumno (Martín, O. y otros, Psicología humanista, 243-307).
  • Cada establecimiento "debe" afrontar esta necesidad y esta educación (con los apoyos que veremos extensamente en el capítulo 7).

Preguntas, posiciones y alternativas teóricas

  • ¿No es una exageración? ¿No implica caer en el subjetivismo de los niños y de los educandos?
  • ¿No perderá la escuela su lugar "académico" para situarse en el mundo de las de las emociones, de las convivencias y del aprendizaje social?
  • ¿Cómo se completará el programa si es necesario abordar estas temáticas?
  • No fuimos preparados para estos desafíos.
  • También tenemos nuestras propias dificultades o prejuicios frente a la sexualidad.
  • ¿Cómo afrontamos a la familia y sus reacciones?

La escuela es el lugar antropológico para pensar y reflexionar

Éstas y muchas otras preguntas proliferan entre los docentes y directivos. Algunas cargadas de angustia, otras impregnadas de indiferencia y de evasión: "esto a mí no me corresponde", "es un problema de la familia, que lo enfrente ella". La casuística es interminable.

Algunas reflexiones:

  1. Cuando se introduce un tema o un enfoque diferente en una organización o sistema, éste cambia y se moviliza. La promulgación de la ley no será ajena a muchas resistencias, desorientaciones y angustias. Hemos abordado extensamente esta cuestión en la televisión, en la columna de Educación Sexual que dirigimos los jueves en el programa "Saludarnos" del Ministerio de Salud de la Nación.
  2. Por eso es necesario un tiempo de estudio, de reflexión y capacitación para evaluar cómo y qué incluir en la educación sexual integral. Es preciso repensar una escuela que responda más y mejor al alumno/a: la educación de la afectividad y de la sexualidad no es un mero apéndice ni una materia más (capítulo 5).
  3. Al incluir la "educación sexual integral" (capítulo 2) debe repensarse el aspecto académico, la proyección laboral, la formación de las actitudes ciudadanas y la inserción social. Y aquí aparece un tema de la ley: "formar en relaciones interpersonales positivas", en la maduración psico-emocional, en definitiva, debemos repensar integralmente el perfil del educando que es preciso desarrollar (no son "bancos" que se han de cargar, ni meros instrumentos de consumo, ni individuos pasivos en la construcción de sus aprendizajes). ¡Es todo un desafío!
  4. Es necesario asumir áreas ya iniciadas en la "formación ética y ciudadana", que comienza por las actitudes de solidaridad y respeto profundo de género y de creatividad social. ¡Qué hermoso contribuir al desarrollo de las aspiraciones científicas, estéticas y emocionales de nuestro educandos/as! Muchas escuelas están haciendo verdaderos milagros.
  5. Efectivamente: no fuimos preparados para estos desafíos en afectividad y sexualidad. Nosotros también tenemos nuestras propias dificultades o prejuicios frente a estos temas (venimos de la época represiva victoriana). Aquí radica un punto neurálgico: afrontar nuestra propia sexualidad y estar abiertos a una sincera y profunda capacitación (capítulo 7). No podemos educar sin este imprescindible compromiso personal. De lo contrario seremos meros trasmisores de nuestra propia historia (la mera "resonancia afectiva y emocional" no alcanza para ser educador en sexualidad).
  6. El encuentro entre la familia y la escuela no atraviesa sus mejores momentos. Hay violencia en la escuela, pero también "violencia hacia la escuela" en la que participan, lamentablemente, muchos padres que sólo acuden a ella para quejarse o cuestionar, sin participar en lo más mínimo. Asumamos este momento de crisis para re-lanzar un encuentro prospectivo y creador. Es necesario rehacer y crear estos espacios. Es necesaria una convocatoria fuerte para insertar el mundo profesional en actitud de servicio, tanto a los docentes como a los padres (capítulos 6 y 7).

1.2. El punto de partida con los padres

Algo similar ocurre con los padres:

Artículo 9o. Las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal, con apoyo del programa, deberán organizar en todos los establecimientos educativos espacios de formación para los padres o responsables, que tienen derecho a estar informados. Los objetivos de estos espacios son:

  1. Ampliar la información sobre aspectos biológicos, fisiológicos, genéticos, psicológicos, éticos, jurídicos y pedagógicos en relación con la sexualidad de niños, niñas y adolescentes.
  2. Promover la comprensión y el acompañamiento en la maduración afectiva del niño, niña y adolescente, ayudándolo a formar su sexualidad y preparándolo para entablar relaciones interpersonales positivas.
  3. Vincular más estrechamente la escuela y la familia para el logro de los objetivos del programa.

Aquí simplemente lo enunciamos, ya que lo trabajaremos ex profeso en el capítulo 6.

Los padres y responsables saben que la familia tiene muchas necesidades, que deben ser satisfechas con prontitud por el bien de todos.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (20 Kb) pdf (295 Kb) docx (113 Kb)
Leer 13 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com