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Trabajo Práctico Fuentes del Derecho


Enviado por   •  26 de Febrero de 2018  •  Trabajos  •  2.893 Palabras (12 Páginas)  •  965 Visitas

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Fuentes del Derecho

Alumno: Gianluca Dotti

Catedra: “C” Humberto Facco

Comisión: 3

Profesores: Mariana Anahí Azpeitía

                     Mariela Castro

Materia: Derecho Privado parte general

Año: 2017

Fuentes del Derecho

1-                                                                                                                                          a) Ley en sentido material

b) Ley en sentido formal

c) Ley en sentido material

d) Ley en sentido material

e) Ley en sentido material

f) Ley en sentido formal

g) Ley en sentido formal

h) Ley en sentido material

i) Ley en sentido formal

j) Ley en sentido material

2-

a) Se denominan leyes imperativas a aquellas no susceptibles de ser modificadas ni excluidas por los particulares.

b) El orden público es el conjunto de principios fundamentales del ordenamiento jurídico de un país en un momento determinado de su evolución histórica

c) La ley es un precepto general obligatorio y justo, dictado por autoridad legítima y competente para regular conductas sociales.

d) En un sentido formal, son leyes solo las emanadas de los órganos legislativos, Congreso Nacional o legislaturas provinciales, con los procedimientos fijados por las Constituciones, tanto nacional como provinciales.

Aplicación de la ley en el tiempo

1- En virtud del artículo 7, explique lo siguiente:

a)¿Cuáles son los principios que establece el artículo?

Irretroactividad.

Aplicación inmediata.

Ultractividad.

b)¿Cuáles creen que son los fundamentos de estos principios? ¿Qué sucedería si dichos principios no estuvieran?

Irretroactividad: El artículo 7º dispone que las nuevas leyes no tienen efecto retroactivo, sean o no de orden público, salvo disposición en contrario, por lo cual la doctrina coincide que este principio es una regla de hermenéutica jurídica dirigida al Juez, pero no es una norma de conducta para el legislador, al decir, de Rivera, ya que puede dictar una ley retroactiva, estableciendo en ella expresamente su vigencia retroactiva.                                                                                                                                                La regla de la irretroactividad no niega al legislador el poder de dar efecto retroactivo a ciertas disposiciones porque, en materia civil, a diferencia de lo que ocurre en materia penal, la irretroactividad no tiene jerarquía constitucional. O sea, la irretroactividad es una regla dirigida al juzgador, no al legislador, que puede establecer el efecto retroactivo, pero con límites                                                                                                                                                

Aplicación Inmediata: Es el efecto propio y normal de toda ley: ella se aplica inmediatamente después de haber sido sancionada.                                                                                                                 Consiste en que la nueva ley se aplicara a las situaciones o relaciones jurídicas que nazcan con posterioridad a su entrada en vigencia y también a las consecuencias futuras de las situaciones o relaciones jurídicas existentes al momento de su entrada en vigencia. Es decir, la ley toma a la relación ya constituida (por ejemplo, una obligación) o a la situación (por ejemplo, el matrimonio) en el estado en que se encontraba al tiempo en el que la ley nueva es sancionada, pasando a regir los tramos de su desarrollo aún no cumplidos. Los cumplidos, en cambio, están regidos por la ley vigente al tiempo en que se desarrollaron. Del mismo modo, si antes de la vigencia de la ley nueva se hubieran producido ciertos hechos aptos para comenzar la gestación de una situación según la vieja ley, pero insuficientes para constituirla, entonces, rige la nueva ley

Ultractividad: Implica que la ley supletoria antigua que se deroga, suprime o modifica va a seguir vigente para los contratos en curso de ejecución, la ultratividad es una excepción al efecto inmediato. La ley, pese a haber perdido su vigencia, sigue teniendo eficacia para una relación determinada, de modo que se aplica a hechos que se produjeron bajo su imperio, aunque en el momento del juicio otra ley ya esté en vigor. Sería una especie de “vestigio de vigencia”, producido porque la nueva no tiene aplicación inmediata. La ultractividad se identifica, entonces, con la supervivencia de efectos de la ley derogada.  En definitiva, la nueva norma de carácter supletorio no afecta a la situación jurídica pendiente de origen contractual que continuará regida, en todo en lo que hace a su constitución, modificación o extinción, como en lo relativo a todas sus consecuencias, anteriores y posteriores, por la ley que estaba en vigencia al tiempo de celebrarse el contrato.

Dichos principios son esenciales para la vigencia de las leyes. Sin estos principios no se podría deducir cuando corresponde aplicar la nueva norma y cuando prevalece la anterior.

c) Mencione y explique la/s excepción/es de estos principios.

-Excepciones a la irretroactividad:                                                                                                                                            Leyes expresamente retroactivas:                                                                                                                      Una ley seria retroactiva cuando la nueva ley pretende:  cuando se refiere a la constitución o extinción de una situación jurídica ya constituida o extinguida, cuando se refiere a los efectos de una situación o relación jurídica producidos antes que la nueva ley se halle en vigencia, cuando atribuyen efectos que antes no tenían a ciertos actos o hechos jurídicos, si esos efectos se atribuyen por la vinculación del hecho o acto por un periodo de tiempo anterior a la vigencia de la ley, cuando se refiere en sus condiciones de validez y en sus efectos que ya se han producido.                                           Debe establecerse una disposición expresa de que la nueva ley sancionada tendrá carácter retroactivo, la nueva ley sancionada podrá ser retroactiva siempre y cuando no afecte derechos amparados por garantías constitucionales.

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