Las fuentes del Derecho de Trabajo
stigma164Apuntes3 de Febrero de 2026
2.020 Palabras (9 Páginas)10 Visitas
Las Fuentes del Derecho del Trabajo
Distinción entre fuentes materiales y fuentes formales del derecho laboral
El término "fuente" se refiere al origen o fundamento del derecho del trabajo, es decir, de dónde surge y cómo se nutre.
∙ Fuentes materiales o reales → Son los factores sociales y económicos que dan origen a las normas laborales. Son la realidad social, los conflictos de intereses entre trabajadores y empleadores.
∙ Fuentes formales o legales → Son todo medio o forma de producción que podamos catalogar como norma jurídica. Entre ellas se encuentran la Constitución Nacional, las leyes, los decretos, los convenios colectivos de trabajo y cualquier otro instrumento que pueda invocarse como derecho aplicable.
Norma es un sustantivo genérico que se refiere a cualquier tipo de disposición legal. La Constitución Nacional es una norma, al igual que las leyes y otras regulaciones.
Las fuentes formales o legales del derecho del trabajo están enumeradas en el artículo 1 de la Ley de Contrato de Trabajo, donde se establecen las bases del derecho laboral y del contrato de trabajo.
Fuentes de regulación
Artículo 1º — El contrato de trabajo y la relación de trabajo se rigen:
- Por esta ley;
- Por las leyes y estatutos profesionales;
- Por las convenciones colectivas o laudos con fuerza de tales;
- Por la voluntad de las partes;
- Por los usos y costumbres.
Otro artículo relevante sobre las fuentes del derecho del trabajo es el artículo 9, que establece cómo debe actuarse en caso de duda, ya sea en la aplicación o en la interpretación de una norma.
Art. 9º — En caso de duda sobre la aplicación de normas legales o convencionales prevalecerá la más favorable al trabajador, considerándose la norma o conjunto de normas que rija cada una de las instituciones del derecho del trabajo.
Si la duda recayese en la interpretación o alcance de la ley, o en la apreciación de la prueba en los casos concretos, los jueces o encargados de aplicarla se decidirán en el sentido más favorable al trabajador.
Otro artículo que hace referencia a las fuentes del derecho es el artículo 11, que establece que, ante casos no previstos en la ley, los jueces deben dictar una sentencia y brindar una solución.
Art. 11. — Cuando una cuestión no pueda resolverse por aplicación de las normas que rigen el contrato de trabajo o por las leyes análogas, se decidirá conforme a los principios de la justicia social, a los generales del derecho del trabajo, la equidad y la buena fe.
Existen diversas clasificaciones doctrinarias que organizan las fuentes del derecho según su origen, dividiéndolas en estatales y no estatales.
- Fuentes de origen estatal: incluyen la Constitución, las leyes, etc.
- Fuentes de origen no estatal: abarcan los convenios colectivos de trabajo, los principios del derecho laboral, etc.
Otra clasificación distingue entre normas generales, de alcance amplio, y normas especiales, de aplicación específica.
- Normas generales: se aplican a todos los trabajadores.
- Normas especiales: están dirigidas a una categoría específica de trabajadores.
Constitución Nacional
La principal fuente del derecho es la Constitución Nacional, ya que tiene la mayor jerarquía debido al principio de supremacía constitucional. Este principio establece que todas las demás normas del ordenamiento jurídico deben respetarla y adaptarse a sus disposiciones.
La Constitución Nacional establece un programa de protección laboral para el trabajador, que el Congreso está obligado a respetar y cumplir, dictando las leyes necesarias para su implementación.
La Constitución Nacional asigna competencias específicas a los gobiernos.
- En cuanto a las leyes de fondo, que definen los derechos de los trabajadores, la competencia corresponde al Congreso Nacional.
- En lo relacionado con leyes de procedimiento, policía, control y el cumplimiento de las normas laborales, la competencia recae en los estados provinciales, los cuales organizan su propio ministerio de trabajo, sus inspectores laborales, entre otros.
La Constitución Nacional establece varios derechos para los trabajadores. El artículo 14 garantiza el derecho a trabajar y a ejercer cualquier industria lícita. Sin embargo, el artículo que regula de manera específica los derechos de los trabajadores es el artículo 14 bis, que establece los derechos sociales, tanto individuales como colectivos.
El artículo 14 bis de la Constitución Nacional fue incorporado durante la reforma constitucional de 1957. Incorpora “derechos sociales” a una constitución de corte liberal. Ningún derecho es absoluto; debe haber una compatibilización entre ellos para que todos adquieran su pleno sentido y propósito.
El artículo 14 bis se divide en tres párrafos. El primer párrafo establece los derechos del trabajador en su contrato individual de trabajo, es decir, los derechos frente al empleador. El segundo párrafo reconoce los derechos sindicales, otorgando derechos a los gremios o sindicatos. Finalmente, el tercer párrafo aborda los derechos relacionados con la seguridad social.
Art. 14 bis.-
Primer párrafo
El primer párrafo comienza con la frase: "El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador...". Al señalar que el trabajo debe ser protegido por las leyes, algunos interpretan que aquí se refleja el principio protector del derecho laboral. Se hace referencia a la necesidad de condiciones dignas y equitativas de trabajo, lo cual ha sido reglamentado en la Ley de Contrato de Trabajo. Además, la Ley de Higiene y Seguridad Industrial establece las pautas de seguridad que deben seguirse para garantizar que el trabajo no ponga en riesgo la salud del trabajador.
El artículo también hace referencia a los descansos que debe tener el trabajador. La Constitución establece una jornada limitada, descansos pagados y vacaciones pagadas. La jornada laboral limitada está regulada, con una duración máxima de 8 horas diarias y 48 horas semanales. En cuanto a los descansos pagados, los días sábado, domingo o los compensatorios para quienes trabajen esos días deben ser incluidos como pagos dentro de los 30 días del mes. Las vacaciones pagadas se remuneran a un valor superior al de los días comunes de trabajo, lo que se conoce como plus vacacional, y deben pagarse por adelantado.
...