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CASO DE ESTUDIO, DERECHO DE PETICIÓN.


Enviado por   •  19 de Mayo de 2016  •  Tareas  •  1.233 Palabras (5 Páginas)  •  789 Visitas

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ACTIVIDAD 5:

CASO DE ESTUDIO, DERECHO DE PETICIÓN.

 

NOHORA TRASLAVIÑA NIÑO.

NRC: 714

 

 

 

                                         

Bogotá D.C.

2016.

CASO:

El señor José Marañón, un ciudadano de 80 años de edad, identificado con la C.C No. 20.200200, a lo largo de su vida ha gozado de muy buena salud, sin embargo un día por cuestiones de un chequeo médico se acerca a su E.P.S llamada S&B (salud y Bienestar.. NOMBRE INVENTADO) en donde le manifiestan que aunque no se ha dado cuenta, en estos momentos está presentando una subida de tensión que puede afectar gravemente su salud, en pocas palabras está en riesgo su vida.  Los médicos señalan que es vital para salvar la vida de Don José disponer inmediatamente de una UCI (Unidad de Cuidados Intensivos), Pero por la congestión presentada en ese momento en la E.P.S se hace prácticamente imposible atender tal requerimiento.

El señor finalmente cae en estado de inconciencia, por lo que un médico de turno sugiere a los familiares hacer usos de las herramientas legales constitucionales y jurídicas a fin de que el señor Marañón pueda superar este estado crítico de salud.

A partir del caso planteado ustedes como grupo deberán dar resolución de la forma que consideren más pertinente y apropiada.

  1. ¿Quiénes pueden elevar el derecho de petición en el caso particular?
  2. Cuál es el término que tiene la entidad para dar contestación al peticionario?
  3. ¿Ya que la entidad no pudo dar contestación en el tiempo señalado por la ley, que puede hacer para no incurrir en la no contestación de la petición y evitar que el peticionario accione?, sustentarlo legalmente.
  4. ¿Siendo el caso particular un caso de extrema urgencia usted considera que la persona deba esperar el tiempo de respuesta de ley para que den contestación a la petición, o a que otro mecanismo podría acudir con el fin de obtener una protección más pronta y efectiva de la petición?
  5. Con el caso planteado desarrolle un formato de Derecho de petición teniendo en cuenta los requisitos establecidos en el Código Contencioso Administrativo. (Leer del artículo 5 al 16 de éste código).

 

DESARROLLO.

  1. ¿Quiénes pueden elevar el derecho de petición en el caso particular?

 Principalmente siempre va a ser el directamente afectado quien puede interponer el derecho de petición, pero debido al estado de inconsciencia del señor José Marañón quienes están en la capacidad de interponer este derecho de petición serían los hijos o la esposa, o ya bien, si la familia decide que no están facultados para hacerlo, pueden acudir a un abogado, que sería una ayuda externa.
En caso de ser una persona más joven sus padres también pueden hacer la presentación de este derecho.

  1. Cuál es el término que tiene la entidad para dar contestación al peticionario?

El término que tiene la entidad para dar respuesta de la petición es de 10 días, en caso de que el afectado, la familia del afectado o el representante legal, no reciba la respuesta podría conllevar esta no respuesta a una tutela.

  1. ¿Ya que la entidad no pudo dar contestación en el tiempo señalado por la ley, que puede hacer para no incurrir en la no contestación de la petición y evitar que el peticionario accione?, sustentarlo legalmente.

Cuando las entidades a las cuales les concierne no dan solución o no contestan la petición en un periodo comprendido dentro de los términos legalmentes establecidos por la ley Colombiana, esto conlleva una causal de una mala conducta ejercida por el funcionario de la entidad, lo cual el funcionario y la entidad deberán afrontar las sanciones que sean correspondientes ante la ley.

La entidad para poder evitar esta sanción, ella deberá de informar a la persona que entabló la petición, que no podrá dar respuesta al derecho de petición en el tiempo determinado o establecido por la ley, también deberá de expresar los motivos, causas o razón por la cual no podrán dar respuesta en el término establecido y también deberá señalar la fecha en la cual se resolverá la solicitud del señor.        

  1. ¿Siendo el caso particular un caso de extrema urgencia usted considera que la persona deba esperar el tiempo de respuesta de ley para que den contestación a la petición, o a que otro mecanismo podría acudir con el fin de obtener una protección más pronta y efectiva de la petición?

Con relación en el caso planteado, es de extrema urgencia ya que se encuentra de por medio un derecho que está estipulado en la Constitución Política Derecho Fundamental a la salud del señor, lo cual no creo o considero que se deba esperar la respuesta del derecho de petición establecido, por la salud, condición y edad del señor Marañón debería de instaurar una acción de tutela, el cual por medio de este mecanismo podrá hacer valer y respetar su derecho a la salud, con la acción de tutela según lo estipula el artículo 86 de la Constitución Política el cual se busca proteger los derechos fundamentales de las personas.

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