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IMPACTOS AMBIENTALES DE LA REFORMA ENERGÉTICA EN MÉXICO

Daniela MontoyaApuntes22 de Febrero de 2017

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UNIVERSIDAD DE MONTERREY

DIVISIÓN DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

DEPARTAMENTO DE DERECHO

[pic 1]

“DERECHO DEL MEDIOAMBIENTE”

LICENCIADA ANGELINA VALENZUELA

TRABAJO FINAL

IMPACTOS AMBIENTALES DE LA REFORMA ENERGÉTICA EN MÉXICO

Daniela N. Montoya Acosta

310929

01 de diciembre de 2016 en San Pedro Garza García, Nuevo León

  1. REFORMA ENERGÉTICA EN MÉXICO

Antes de abordar en el tema de los impactos ambientales que esta reforma provocó en nuestro país, considero que es importante conocer sus aspectos fundamentales así como el alcance que dicha reforma tuvo en nuestras instituciones y disposiciones jurídicas.

En efecto, el 20 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía”, en el que se reformaron los párrafos cuarto, sexto y octavo del artículo 25; el párrafo sexto del artículo 27; los párrafos cuarto y sexto del artículo 28; y se adicionan un párrafo séptimo, al artículo 27 y un párrafo octavo al artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De conformidad con lo expuesto por la Secretaría de Energía (“SENER”), entre los objetivos y premisas fundamentales de dicha Reforma se encuentran los siguientes: (i) mantener la propiedad sobre los hidrocarburos del subsuelo; (ii) modernizar y fortalecer sin privatizar a Petróleos Mexicanos (“PEMEX”) y a la Comisión Federal de Electricidad (“CFE”) como Empresas Productivas del Estado (“EPE”) de tal suerte que sean 100% publicas y 100% mexicanas; (iii) reducir la exposición del país a los riesgos financieros, geológicos y ambientales en las actividades de exploración y extracción de petróleo y gas natural; (iv) Atraer mayor inversión al sector energético mexicano; (v) contar con mayor abasto de energéticos a mejores precios; (vi) combatir la corrupción en el sector energético, e (vii) impulsar el desarrollo con responsabilidad social y ambiental.[1]

A continuación se desprende un resumen de la Reforma Energética, el cual se realizó en base al documento preparado por la SENER que fue publicado en junio de 2015.  

  1. Producción de petróleo y gas natural

México, al ser un país con abundantes recursos naturales, sustenta su desarrollo en su riqueza energética, sin embargo, existen retos que se hicieron urgentes en atender como por ejemplo, la caída de la producción y la necesidad de mayor inversión a nivel industria. Con la reforma se esperaba que el petróleo y gas natural se obtuvieran de “recursos no convencionales” que se ubican en cuencas de lutitas[2] y en aguas profundas pues a pesar de que México cuenta con grandes reservas en estos recursos, se carece de la capacidad técnica, financiera y de ejecución para extraer dichos hidrocarburos.

En virtud de lo anterior, se reformó el artículo 27 Constitucional a efecto de que se estableciera la posibilidad de que la Nación, otorgara asignaciones o contratos a PEMEX y se incorporó la posibilidad de otorgar contratos a empresas privadas, de tal suerte que se logre poner en funcionamiento y producción yacimientos de hidrocarburos que se encontraban desperdiciados. Asimismo se estableció que la ley secundaria regularía las modalidades de contraprestación por las actividades de exploración y extracción de petróleo y gas natural, incluyendo contratos de utilidad o de producción compartida, de licencia o de servicios. Por su parte, mediante la “Ronda Cero” se permitió a PEMEX elegir campos de producción y áreas de exploración sin embargo, ésta tiene que demostrar que cuenta con la capacidad para desarrollarlos de forma eficiente y competitiva. Se fortaleció el hecho de que las actividades de exploración y extracción de petróleo y gas natural son de interés social y de orden público y se fortifica a las instituciones del Estado en materia de exploración y explotación como son la SENER y la Comisión Nacional de Hidrocarburos.

Un aspecto importantísimo es que la ley secundaria regula la realización de las actividades de explotación y extracción y al efecto se abrieron las puertas para otorgar asignaciones o suscribir contratos con PEMEX, PEMEX asociado con particulares y particulares. Los contratos se adjudican por licitación a quien ofrezca las mejores condiciones económicas y el mayor compromiso de inversión.

  1. Producción de petrolíferos y petroquímicos.

Anterior a esta reforma, la Constitución no permitía a PEMEX asociarse en México con otras empresas a fin de mejorar su rendimiento, sin embargo sí lo permitía con empresas extranjeras. Asimismo, se dividía la petroquímica en básica (no abierta a la inversión privada) y secundaria.

A fin de evitar que empresas mexicanas de petroquímica inviertan en el extranjero, en lugar de en nuestro país, se reformó el artículo 28 Constitucional de manera que se eliminó a la petroquímica básica como una de las actividades reservadas al Estado. También se abrió la posibilidad de que PEMEX y particulares participen en actividades de refinación, procesamiento de gas natural y petroquímica. Por lo anterior, en la legislación secundaria se permitió la participación de particulares en refinación y procesamiento de gas natural pudiendo operar por su cuenta o en asociación con EPE. De esta manera, la petroquímica en todas sus fases se constituye como una actividad de libre concurrencia.

  1. Transporte, almacenamiento y distribución de hidrocarburos

A partir de la reforma al artículo 28 Constitucional, se permitió la participación de particulares en el transporte, almacenamiento y distribución de petróleo, gas natural, petrolíferos y petroquímicos. A raíz de esto, se creó el Centro Nacional de Control de Gas Natural quien administra, coordina y gestiona la red de ductos y almacenamiento. También la Comisión Reguladora de Energía (CRE) se constituyó como un órgano regulador coordinado, con personalidad jurídica propia, autonomía técnica y de gestión. Esta última es quien gestiona todos los permisos para almacenamiento, transporte y distribución de los hidrocarburos.

Se previó una apertura gradual y progresiva en las actividades de expendio al público de gasolinas y diésel, así como de gas licuado para petróleo. La importación de combustibles se espera que sea liberada a partir de este año para el gas licuado y a partir del 2017 para gasolinas y diésel.

  1. Generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica

En virtud de la falta de inversión en la red nacional de transmisión eléctrica se propuso incrementar el mallado e interconectar zonas del país con alto potencial de energías limpias. Al efecto, en el artículo 25 se estableció con la categoría de EPE para que la CFE pueda consolidarse como una empresa con altos estándares de competitividad. Se permitió al Estado celebrar contratos con particulares respecto a estas materias y el artículo 28 por su parte, permite a la CFE y a particulares realizar actividades de generación de electricidad de forma libre, con regulación solida y eficiente.

Se constituyó el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) como un organismo público descentralizado encargado del control operativo del sistema eléctrico nacional y de operar el mercado eléctrico mayorista y de garantizar a los generadores el acceso abierto a la red nacional de transmisión.

  1. Órganos reguladores en hidrocarburos y electricidad

Se reformó el artículo 28 Constitucional a fin de que la Comisión Nacional de Hidrocarburos (“CNH”) y la CRE, sean órganos reguladores coordinados en materia energética, teniendo personalidad jurídica propia, autonomía técnica y de gestión y autosuficiencia presupuestaria. Estos órganos remplazaron a los órganos desconcentrados que se tenían.

Estos órganos son quienes se encargan de regular, supervisar y sancionar en las materias de su competencia, aportar elementos técnicos para la formulación de políticas energéticas y aprobar su anteproyecto de presupuesto.

  1. EPE en hidrocarburos y electricidad

Anteriormente PEMEX y la CFE, no se les permitía la asociación con particulares en las actividades reservadas al Estado y por tanto eran los únicos encargados de proveer insumos energéticos y de electricidad al país.

A partir de la reforma del artículo 25, PEMEX y CFE se transformaron en EPE con el objetivo de crear valor económico e incrementar los ingresos de la Nación. Tienen desde dicha reforma, autonomía presupuestaria y una estructura corporativa acorde con las mejores praxis internacionales.

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