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Escuela Sabiniana Y Proculeyana


Enviado por   •  24 de Febrero de 2013  •  1.739 Palabras (7 Páginas)  •  8.054 Visitas

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ESCUELA SABINIANA Y PROCULEYANA

La aparición de las controversias jurídicas vinieron a separar a los prudentes romanos en dos grandes sectas o escuelas, la de los sabinianos o casianos y la de los proculeyanos o pegasianos. La división de los jurisconsultos clásicos en dos corrientes opuestas, habría tenido lugar durante la república, en donde se muestra ya un enfrentamiento entre dos de los más grandes maestros del derecho. Quinto Mucio Scaevola y Servio Sulpicio Rufo, quines en sus producciones jurídicas, así como en las de sus numerosos discípulos, pusieron en evidencia métodos y criterios disímiles para la interpretación del derecho.

Escuela Sabiniana

Es una Escuela de Derecho que floreció en Roma durante los siglos I y II cuando la actividad de los juristas llegó a su esplendor, estando representada por estudiosos ad honorem del Derecho. Los sabinianos fueron conservadores, metódicos, y defensores de la autoridad imperial. Sus rivales fueron los integrantes de la escuela de los proculeyanos, más liberales y que no gozaron del favor del emperador, por sus críticas a la concentración del poder, y la defensa a las instituciones republicanas. El fundador de la escuela de los sabinianos fue Casio Ateyo Capitón, quien gozó del ius publice respondendi, otorgado por Augusto, por su obsecuencia, tanto para con este emperador, como para con su sucesor, Tiberio, por lo cual sus opiniones tuvieron fuerza de ley; y en el cursus honorum pudo alcanzar el Consulado. Sus obras, de poca importancia jurídica, fueron fundamentalmente de Derecho Público y Pontificio. Quien dio nombre a la escuela sabiniana fue Masurio Sabino, quien gozó del ius publice respondendi dado por el emperador Tiberio cuando ya tenía 50 años. Fue un humilde docente, de no tanta relevancia en materia jurídica. Otros sabinianos prestigiosos, fueron: Cayo Casio Longino, Javoleno Prisco, Salvio Juliano, Sexto Pomponio, y Gayo.

En la discusión con los proculeyanos sobre cuando debía entenderse que una persona nacía con vida, fue su solución la escogida por el emperador Justiniano, que sostenía que cualquier signo vital, y no sólo el llanto, comprobaba que el nacimiento había sucedido. Otra discusión entre ambas escuelas, entre las muchas que enumera Gayo, en sus Institutas, es la del legado bajo condición imposible que los sabinianos consideran como un legado sin condición, y los proculeyanos como un legado nulo.

Escuela Proculeyana

El creador de esta fue Marco Antistio Labeón (48 a. C-18 a. C. aproximadamente) un crítico de Augusto, sumamente culto, autor de gran cantidad de obras, que pudo solo alcanzar el cargo de pretor, y que se cree no obtuvo de Augusto el ius publice respondendi. Los proculeyanos fueron más innovadores en materia política, más independientes, y más contestarios de la autoridad imperial, defendiendo las libertades de la época republicana. Sin embargo en materia jurídica no hay una distinción clara con respecto a la escuela de los sabinianos. Simplemente se agrupaban en una y otra escuela por afinidad entre maestros y discípulos. Un destacado miembro fue Próculo, que le dio el nombre a la escuela, discípulo de Nerva, que vivió en época de Augusto y legó una colección de epístolas (11 libros) con sus respuestas, y un Epítome de los libros póstumos de Labeón. Celso (padre e hijo) y Prisco, son también eminentes representantes de esta escuela. Una discusión importante entre sabinianos y proculeyanos, fue con respecto a cómo debía constatarse el nacimiento con vida de una persona. Los proculeyanos sostenían que el recién nacido debía llorar, mientras los sabinianos consideraban probado el nacimiento con cualquier signo vital. Esta última fue la solución que tomó Justiniano.

La escuela sabiniana habría estado representada por el elemento conservador que se inclinó por un método de interpretación material, mientras que la proculeyana, que contaba con el elemento progresista, prefirió seguir un método fundamentado en un criterio económico - social. Esta distinta ubicación que se atribuye a las escuelas carece de precisión porque es difícil colocarse siempre en una postura invariable cuando se trata de resolver problemas jurídicos sobre los que generalmente, juegan factores cambiantes que gravitan fundamentalmente sobre ellos. El carácter político que una u otra secta habría tenido, se ha asignado a los sabinianos una actitud oficialista al mostrárselos como partidarios del absolutismo gubernamental, en tanto que se ha querido ver en los proculeyanos una adhesión a la tendencia liberal que los hacía opositores al gobierno imperial. Este criterio se considera que entre los principales representantes de ambas escuelas se cuentas adeptos y adversarios del soberano. Invocando también las distintas fuentes, en que sustentaban sus opiniones los miembros de las dos escuelas, se ha pretendido que los sabinianos tenían como fundamento jurídico la aequitas, o sea, principios normativos que los magistrados edicentes recogieron del derecho de gentes para incorporarlos al ius honorarium ; y los proculeyanos

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