Derecho Laboral
marysa12182 de Mayo de 2015
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• 1. ¿QUÉ ES EL DERECHO COMERCIAL? Es la rama del derecho privado que rige las reglas entre particulares, relativas al ejercicio de la profesión comercial o que resultan del cumplimiento de actos de comercio.
• 2. ¿QUÉ SE ENTIENDE POR LEGISLACIÓN COMERCIAL? Al conjunto de leyes y normas que se aplican a todos los actos de comercio, sin tener en cuenta la persona de su autor.
• 3. ¿CUÁL ES LA UTILIDAD QUE REPRESENTA LA LEGISLACIÓN COMERCIAL RESPECTO DE LA LEGISLACIÓN PURAMENTE CIVIL? El Derecho Comercial está íntimamente relacionado con el Derecho Civil, más que cualquier otra disciplina, ya que el Derecho Civil es parte del Derecho Privado y éste rige las operaciones entre particulares y el Derecho Comercial es parte del Derecho Privado. De él toma una parte de su vocabulario, empleando los mismos términos para designar una venta, una locación, etc. De él toma una parte de su técnica y parte de sus reglas, para las condiciones de formación de anulación y de resolución de los contratos. Sólo se puede conocer bien el Derecho Comercial si se posee unconocimiento perfecto del Derecho Civil.
• 4. ¿QUÉ ES UN COMERCIANTE? Son todas aquellas personas que ejercen acto de comercio y hacen de él su profesión habitual. Según Art.1º. del código de comercio.
• 5. ¿A QUÉ SE LE LLAMA ACTOS DE COMERCIO? Acto: del Latín Actus que quiere decir Acción, ejercicio de la posibilidad de hacer. Como resultado de hacer, ya sea, una Celebración Pública o Solemne. Cuando se refiere al Acto Jurídico: se refiere al hecho voluntario que crea, modifica o extingue relaciones de derecho. El Acto de Comercio: Es el ejercicio de las actividades comerciales, por la persona que los cumple, estando sometido a las normas del Derecho Comercial.- o Es el acto jurídico que da lugar a la aplicación de las leyes comerciales, ya sea respecto de todas las personas que son parte en él, ya respecto de algunas de ellas solamente. Estos se dividen en dos que son:
1).- Absolutos u Objetivos: Que son todas aquellas operaciones comerciales que dependen del derecho comercial. Cualquiera que sea la persona que los realice. Estos se subdividen en dos, que son: A).- Actos de Comercio Objetivos por su Naturaleza o Finalidad: es decir, el acto de comercio nace de una actividad de intercambio. Ejemplo: La Compra para Revender; y B).- Actos de Comercio Objetivos en razón de su Forma: el acto de comercio resulta de una operación de cambio, de Banca y de Corretaje, aun por una persona que no sea de profesión cambista, banquero o corredor, ya, que esta operación es un acto de comercio.
2).- Los Actos de Comercio Relativos o por Relación o Subjetivos o Accesorios: Se denominan actos de comercio subjetivos, los actos civiles que adquieren carácter Comercial si son realizados por un comerciante en el ejercicio de su profesión y para las necesidades de su comercio. Es decir, el acto civil vinculado a la Profesión Comercial de quien lo efectúa entra en la categoría de los Actos de Comercio. Basado en lo accesorio, los Art. 631-2º. y 632-7º. Establece que son actos de comercio relativo o por accesión los que tienen relación de conexidad. Dependencia con los negocios de una empresa comercial o con el ejercicio de la profesión de un comerciante.
• 6. ¿MENCIONE CINCO ACTOS DE COMERCIO QUE USTED CONOZCA? De Intercambio - Compra para Revender; De Cambio; De Banca; De Corretaje; De Suministro – Agencias- Oficinas-; y de Manufacturas –de Transporte por tierra o por Agua-.
• 7. ¿HAGA UNA SINTESIS REFERENTES A LAS DIVERSAS FUENTES A LA QUE SE NUTRE EL DERECHO COMERCIAL; HACIENDO INCAPIE EN: DERECHO CIVIL, DERECHO PENAL, DERECHO CONSTITUCIONAL Y LOS TRATADOS INTERNACIONALES? Derecho Civil: es parte del Derecho Privado y éste rige las operaciones entre particulares y el Derecho Comercial es parte del Derecho Privado. De él toma una parte de su vocabulario, empleando los mismos términos para designar una venta, una locación, etc. De él toma una parte de su técnica y parte de sus reglas, para las condiciones de formación de anulación y de resolución de los contratos. Derecho Penal: Permite prevenir y reprimir las conductas negativas o perturbadoras de un orden económico instaurado por el Estado. Igualmente permite prevenir y reprimir los incumplimientos que trastornan peligrosamente las relaciones entre comerciantes y consumidores. Derecho Constitucional: se transforma progresivamente bajo la influencia de las necesidades económicas, industriales y comerciales, de modo tal que elDerecho Público, en conjunto, tiende, más que cualquier otro a convertirse en un derecho económico o de vocación económica y social. El Estado debe adaptar sus medios de acción y sus propias instituciones al nuevo papel que asume. Los Tratados Internacionales: en el mundo moderno, cuando por las necesidades, se hizo preciso encontrar ciertas reglas comunes y prever formas comunes de solución de los conflictos de leyes y jurisdicciones, mediante Convenciones Internacionales, tendientes a la uniformidad del Derecho Comercial que, por ratificación, sus normas se han convertidos en leyes internas, similares en todos los Países signatarios – atañen especialmente a la Letra de Cambio, al Cheque y a la Propiedad Industrial.
• 8. ¿ENUNCIE ALGUNAS DE LAS OBLIGACIONES ATINENTES A LOS COMERCIANTES? Están obligados a Registrarse en El Tribunal o la Cámara de Comercio del lugar donde quiera establecer su domicilio; están obligados a tener y llevar con regularidad determinados libros en los cuales deben anotar las operaciones de sus negocios y los resultados de los mismos; están obligados a publicar el régimen matrimonial bajo el cual se casan o están casados y las modificaciones que pueda dicho régimen experimentar mientras ejercen el comercio.
• 9. ¿CAPACIDAD PARA SER COMERCIANTE? Según el Art. 1123 del Código Civil, establece que, "Cualquiera puede contratar, si no está declarado incapaz por la Ley". Y nuestra Constitución, consagra como uno de los derechos inherentes a la personalidad humana, La Libertad del Trabajo, en la cual está comprendida La Capacidad de Goce: del derecho de hacer el comercio sin importar la nacionalidad. La regla es para todo el mundo, extranjeros y nacionales. La Capacidad de Ejercicio: se refiere única y exclusivamente a aquellas personas que pueden ejercer actos de comercio, ejemplo: el menor emancipiado. Existen dos clases de restricciones legales: una, se refiere a ciertas personas: los interdictos sean legales o judiciales, y otra, que atañe a determinados negocios: el Comercio de Armas de Fuego de Largo Alcance – de las denominadas Armas de Guerra. Etc.
• 10. ¿INCAPACIDAD DE LOS MENORES? el Art. 487 del Código Civil, establece que, "El menor emancipado que se dedique al comercio, está reputado como mayor de edad a los efectos de los hechos relativos al comercio mismo". Sin embargo, en su Art. 2, Párrafos 1-2 del Código de Comercio, establece que, "no podrá comenzar las operaciones comerciales, ni ser reputado mayor en cuanto a las obligaciones que haya contraído por acto de comercio: Si no ha sido previamente autorizado por sus padres, y en caso de muerte de estos, por acuerdo del consejo de familia homologado por el Juzgado de Primera Instancia. Y si el documento de autorización no ha sido registrado y fijado previamente en el Tribunal de Comercio del lugar en que el menor quiera establecer su domicilio.
• 11. ¿EXPLIQUE LAS CONDICIONES DE LA MUJER CASADA PARA LA INCORPORACIÓN EN LA ACTIVIDAD COMERCIAL?
En su Art. 7 del Código de Comercio, se establece que, "Las mujeres casadas que ejerzan el comercio públicamente, pueden asimismo comprometer, hipotecar y enajenar sus bienes inmuebles. Sin embargo, sus bienes dotales, cuando se han casado bajo el régimen dotal, no pueden ser hipotecados ni enajenados, sino en los casos determinados y con las formalidades prescritas por el Código Civil". La mujer casada adquirió, la capacidad necesaria para ejercer el comercio sin el consentimiento de su marido. Anteriormente la mujer casada, no podía comparecer en juicio sin la autorización del marido "aún cuando ejerza el comercio, decía el Art. 215 del Código Civil", ni podía por la misma razón "comprometer", esto es, someter a arbitrajeninguna contestación, sin la autorización marital.
• 12. ¿LOS LIBROS DE COMERCIO? La ley solamente exige a los comerciantes tener y llevar, en la forma que ella establece; estos tres libros: Libro Diario, Libro de Inventario y Libro Copiador de Cartas. La utilidad de éstos para cada comerciante es evidente, ya que le permite, en cualquier momento, informarse del estado de sus negocios; dispensa a cada comerciante de la obligación de recurrir a la prueba escrita del derecho común para cada una de las operaciones cuyo valor pecuniario excediera de treinta pesos, y en caso de quiebra, los libros por él tenidos y llevados constituyen la mejor fuente de información para investigar la causa de la misma y determinar si ha habido o no fraude (quiebra con bancarrota o quiebra simple).
• 13. ¿PUEDEN LOS EXTRANJEROS EJERCER EL COMERCIO EN LA REPÚBLICA DOMINICANA. EXPLIQUE? En principio, los Comerciantes Extranjeros que quieran establecerse en el país y ejercer el comercio, están sometidos a la obtención, primero, de un permiso de residencia; y segundo, en determinadas profesiones, a una autorización expresa a tales fines que otorgará el Poder Ejecutivo o el Organismo descentralizado correspondiente. Gozan también de un tratamiento equivalente a aquel aplicado en su país de origen a los dominicanos que ejerzan la misma actividad.
• 14. ¿QUÉ ENTIENDE USTED POR CORRETAJE Y EMPRESA DE COMISIÓN? Corretaje: Es el acto por el cual, una persona,
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