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“TEORÍA DEL DERECHO ADMINISTRATIVO”


Enviado por   •  4 de Diciembre de 2020  •  Trabajos  •  6.923 Palabras (28 Páginas)  •  95 Visitas

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PROGRAMA DE LA ASIGNATURA “TEORÍA DEL DERECHO ADMINISTRATIVO”

UNIDAD I

El Estado en el Siglo XXI.

        

1.1.- Personalidad.- el estado se constituye cuando una sociedad que comparte historia, cultura y lengua decide organizar su propio gobierno y establecer sus leyes. El estado garantiza las libertades y derechos fundamentales del individuo y logra la convivencia políticamente organizada.

1.2- Elementos: Orden jurídico (nacional y supranacional), territorio, población, soberanía

Estado y Derecho.- los elementos del estado son territorio, población y gobierno.- con autoridad para elaborar leyes, impartir justicia y llevar a cabo acciones de gobierno.

  • Territorio.- es el espacio donde el estado ejerce el poder publico. Comprende las partes integrantes de la federación, las islas, arrecifes y cayos, las islas de Guadalupe y las de Revillagigedo, la plataforma continental y los zócalos submarinos, las aguas de los mares territoriales.
  • El mar territorial de México en la franja adyacente a las costas nacionales.- la anchura es de 12,000 millas náuticas (22224m)
  • La zona contigua de México.- se extiende hasta las 24000 millas náuticas (44448m)
  • Población.- es el conjunto de individuos que habitan un territorio y comparten elementos culturales y tradiciones.
  • Soberanía.- la soberanía es la autoridad suprema donde reside el poder político y publico de un pueblo. La soberanía es la independencia de cualquier estado para crear sus leyes y controlar sus recursos sin la coerción de otros estados.
  • Estado.- comunidad social con una organización política común y un territorio, y órganos de gobierno propios que es soberana e independiente políticamente.
  • Derecho.- es un conjunto de principios y normas que regulan la conducta o comportamiento humano.

UNIDAD II

Función Administrativa

La función administrativa comprende toda la actividad de los órganos administrativos (centralizados o descentralizados) y también la actividad de los órganos legislativo y judicial.

2.1.- Denominación y elementos que la componen.- se le llama función publica a la relación que existe entre el estado y sus servidores, constituida por el conjunto de derechos, obligaciones y situaciones que las vinculan.

2.2.- Alcances de la definición.- la función publica esta determinada por el régimen jurídico aplicabel al personal administrativo que presta sus servicios en las dependencias de los órganos legislativo, ejecutivo y judicial.

2.3.- Sujetos que intervienen.- servidores públicos, el estado con sus respectivas dependencias  y sus gobernados.

  • Administración Pública Federal.- Es una organización que forma parte de la actividad del Estado. Depende directamente del Poder Ejecutivo Federal y se caracteriza por un conjunto de órganos centralizados y desconcentrados y, por excepción, paraestatales, que tienen a su cargo atender legalmente las imprescindibles necesidades públicas, organizadas en servicios administrativos generales o en la forma de servicios públicos
  • Administración Pública Estatal.- la administración pública es el conjunto de áreas del sector público del Estado que, mediante el ejercicio de la función administrativa, la prestación de los servicios públicos, la ejecución de las obras públicas y la realización de otras actividades socioeconómicas de interés público, trata de lograr los fines del Estado.
  • Administración Pública Municipal.- Actividad del gobierno municipal regulada por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en particular, el artículo 115, la Constitución estatal, leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas, encaminada a planear, ejecutar y controlar las acciones e inversiones destinadas al desarrollo de la comunidad municipal de acuerdo con las estrategias y objetivos de desarrollo integral del estado y del país en su conjunto. La administración pública municipal es ejer- . cida por el presidente municipal, síndico, regidores y demás empleados durante un período de tres años. Para el buen cumplimiento de sus funciones, el ayuntamiento requiere de órganos administrativos tales como: Secretaría del Ayuntamiento, Tesorería Municipal, Comandancia de Policía, Oficina de Obras y Servicios Públicos
  • Órganos Constitucionales Autónomos (Federales y Estatales).- son órganos públicos que ejercen una función primordial del estado, establecidos en los textos constitucionales y por tanto tienen relaciones de coordinación con los demás poderes u órganos autónomos sin situarse subordinadamente a alguno de ellos.
  • Poder Legislativo.- conjunto de órganos, normas, procedimientos, técnicas, circuitos administrativos (formales e informales), procederes, criterios y prácticas que conforman la gestión y gerenciamiento administrativo, patrimonial, contable, jurídico y financiero de los organismos que integran el Poder Legislativo en cualquiera de sus esferas
  • Poder Ejecutivo.- El Gobernador del Estado es la cabeza de la Administración Pública del Estado y tiene las siguientes facultades y atribuciones: I. Ejercer directamente las facultades constituciones y legales atribuidas al titular del Poder Ejecutivo del Estado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus leyes reglamentarias, la particular del Estado y las leyes especiales; II. Representar al Estado de Jalisco y llevar la dirección de las relaciones con la Federación, las demás entidades federativas, los otros poderes del Estado, y los gobiernos municipales; 2 III. Fungir como gestor de todos los negocios que, no siendo de la competencia del poder público deban de ser tramitados ante la Federación, las demás entidades federativas, los otros poderes del Estado, los gobiernos municipales y personas morales o físicas, en su caso; IV. Delegar, en el ámbito administrativo y cuando no exista disposición contraria para ello, el ejercicio de las facultades legales que le correspondan; V. Nombrar y remover libremente a los titulares de las Dependencias y a los directores generales de los Organismos Públicos Descentralizados y de las Empresas de Participación Estatal, salvo disposición particular en contrario; VI. Expedir los decretos de creación, fusión o extinción de las dependencias, con excepción de las creadas por la ley o decreto del Congreso del Estado y de acuerdo con el presupuesto; VII. Solicitar al Congreso del Estado, la creación, fusión o extinción de entidades; VIII. Expedir los reglamentos internos y demás disposiciones que regulen la organización y funcionamiento de las dependencias y entidades; IX. Expedir los acuerdos de coordinación para las Dependencias y Entidades, así como su vinculación con otras autoridades y los particulares; X. Expedir los acuerdos de sectorización de las Entidades, respecto a las dependencias correspondientes, de acuerdo a las materias de su competencia; XI. Convocar y presidir reuniones totales o parciales de gabinete, para atender los asuntos públicos del Estado; XII. Resolver las dudas sobre la competencia de las Dependencias y Entidades, a través de la Secretaría General de Gobierno; XIII. Aprobar los instrumentos de planeación o programación que involucren a dos o más Dependencias o Entidades; y XIV. Las demás que establezcan otras disposiciones legales o reglamentarias aplicables

UNIDAD III

Administración Pública

3.1.-  Concepto de Administración y Administración Pública.- se define a la administración como la función relacionada con la organización y operación del proceso de producción con el fin de lograr metas específicas, a corto y largo plazo, con un conjunto disponible de recursos, mano de obra y capital.

La administración publica debe entenderse como el organismo publico que ha recibido del poder político la competencia y los medios necesarios para la satisfacción de los intereses generales, es mas bien un área de interés que una disciplina.

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