Contrato De Consorcio En El Derecho Peruano
COLLACHAGUA8 de Junio de 2014
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EL CONTRATO DE CONSORCIO EN EL DERECHO PERUANO
CAPITULO I: EL CONTRATO DE CONSORCIO
1.1 ANTECEDENTES DEL CONTRATO DE CONSORCIO
Como se origina el contrato de consorcio es importante tener en cuenta, ya que se ve que las Leyes se modifican para que el contrato sea específico, comienza con, El Código de Comercio de 1902 y el Libro Segundo hasta llegar a especificar la diferencia entre un contrato de asociación en participación y un contrato de consorcio.
Por ello Sangalli G.(2002) nos indica que los “Contratos asociativos”, contenida en el artículo 438 de la Ley General de Sociedades, las peculiares necesidades que surjan de la actividad de los negocios permitirán el desarrollo de otros contratos, lo que sustenta armas en el principio de libertad de contratación reconocido por nuestra legislación. (…)(Pág. 234).
Nos da a entender que los contratos asociativos deben ser específicos para que se pueda tener en claro la diferencia de contrato de asociación en participación y el contrato de consorcio, ya que cada una de ellas tiene diferentes tipos de modalidades a seguir. Y ello va a permitir que cada contrato realizado proporcione beneficio en cada negocio realizado.
Debemos de tener en cuenta que cada contrato tiene específicas normas que se deben de cumplir por las Leyes establecidas en cada una de ellas.
El abogado Sangalli G. (2002) tiene en claro que, el contrato de consorcio es, (…), una modalidad de lo que la misma ley denomina Contratos Asociativos. Las disposiciones de la Ley General de Sociedades, que le son aplicables, son las de los artículos 438 y 439, así como las de los artículos 445 al 448 del mismo cuerpo sea su modalidad mientras que los segundos, exclusivamente al que es materia (Pág. 234).
Por lo tanto el contrato está especificado mediante los artículos ya mencionados para que cada uno de los abalados tenga un beneficio a cada negocio que se va a emprender
1.2 CONCEPTO DEL CONTRATO DE CONSORCIO
Para poder tener en claro la definición de contrato de consorcio hay que saber que un contrato es un acuerdo de voluntades, verbal o escrito, manifestado entre dos, o más, personas con capacidad de tomar de decisiones ya que tienen una determinada finalidad o cosa, que es el cumplimiento de manera recíproca que se especifica en el contrato.
Según el artículo 445 Sangally, G. (2002) menciona que una contrato de consorcio “Es el contrato por el cual dos o más personas se asocian para participar en forma activa y directa en un determinado negocio o empresa con el propósito de obtener un beneficio económico, manteniendo cada una su propia autonomía.
Corresponde a cada miembro del consorcio realizar las actividades propias del consorcio que se le encargan y aquellas que se ha comprometido. Al hacerlo, debe coordinar con los otros miembros del consorcio conforme a los procedimientos y mecanismos previstos en el contrato.”(pág. 240)
Por lo tanto el contrato de consorcio es un beneficio para las personas que quieran tener un negocio o empresa y tener beneficios económicos ya que especifica lo que cada miembro debe de cumplir según lo pactado en el contrato establecido y firmado por todos los integrantes en pleno conocimiento de sus facultades.
Por ello Sangally, G. (2002) da a conocer que, El contrato puede señalar funciones y responsabilidades específicas de cargo de cada uno de los integrantes del Consorcio; estas pueden versar sobre las propias actividades que constituyen la actividad en que consiste el negocio o empresa que se desarrolla mediante este mecanismo de asociación, pero además, otras distintas, cuyo alcance y contenido deberá estar claramente especificado en el contrato. (pág. 241)
Nos da a entender que en un contrato se designa variedad de funciones a cada miembro del negocio, unos pueden limitarse a la realización de aportes , como también otros que más aportes van a dar a la empresa , y todo ellos para obtener el beneficio económico que busca ala establecer el contrato para evitar los riesgos que pueden causar no establecer lo que cada miembro de realizar lo mencionado en el contrato.
1.3 CARACTERISTICAS
Según Espinoza, M (2004) nos indica que un contrato de consorcio.
• Es un contrato asociativo, nominado y típico.
• Regula relaciones de participación o integración en uno o más negocios o empresas que emprenden, en conjunto, los consorciados, en interés común de todos ellos.
• No está sujeto ahora informalidad que la de constar por escrito.
• No origina la creación de otra persona jurídica.
• Todos los consorciados participan de manera activa y directa en las actividades materia del consorcio, manteniendo su autonomía.( pag.1-2)
Ello nos da a entender que un contrato de consorcio es beneficioso ya que permite que todos estén de acuerdo con las participaciones de cada miembro, evita la informalidad que en la mayoría de empresas sucede al comienzo, cada uno ya tiene establecido su colaboración o participación ya mencionada, así que ninguno de los integrantes puede presentar quejas de no estar de acuerdo porque ya se estipulo en el contrato.
1.4 VENTAJAS
Según el autor Mamani, J. (2012) nos menciona las ventajas que trae realizar un contrato de consorcio.
• El consorcio permitir a las partes contratantes participar en forma activa y directa en el funcionamiento del negocio materia del contrato.
• Al agruparse o asociarse diferentes personas en un contrato de consorcio, conformaran un bloque sólido.
• Los miembros de un consorcio responderán a título individual respecto a sus responsabilidades con terceros, sin involucrar al consorcio como tal.
• Si los miembros de un consorcio asignan bienes a favor de negocios o empresas del consorcio, dichos bienes permanecen siendo de propiedad de cada miembro.(Pag.9)
Por lo tanto un contrato de consorcio nos da a entender que permite a los integrantes trabajar conjuntamente, evitando los errores o problemas. Es decir, permite que los beneficios de la asociatividad se manifiesten sin que se generen exageración de costos importantes. Por ello el Ministerio de Producción indica que, El Contrato de Consorcio sin contabilidad independiente, permite que cada uno de los productores consorciados se haga cargo de su propia tributación, accediendo de esta manera a regímenes tributarios más beneficiosos.
1.5 OBJETIVO E IMPORTANCIA
Como ya todo lo mencionado anteriormente se ve que un contrato trae beneficios
Según el autor Rodríguez V. (s.f) establece que .El contrato, las partes acuerdan participar en consorcio en el negocio descrito en la cláusula siguiente. En consecuencia, LOS CONSORCIADOS se obligan mutuamente a participar en forma activa y directa en dicho negocio, conforme a lo estipulado en el presente documento, con el propósito de obtener el beneficio económico común descrito en el presente contrato.
El objetivo de un consorcio es asociarse con alguna persona o empresa para poder llevar a cabo un negocio en el plazo que está acordado en el contrato de consorcio con el propósito de obtener un beneficio económico, correspondiéndole a cada miembro realizar las actividades propias del consorcio que se le encargue y aquellas a las que se ha comprometido y permite evitar los problemas que se pueden suscitar en empresas informales o traer quejas de alguno de los integrantes que no esté de acuerdo , ya que todo ello se acuerda mediante el contrato estipulado entre todos los integrantes del negocio a emprender.
CAPITULO II: PROMESA DE CONTRATO DE CONSORCIO
2.1 INFORMALIDAD DE LA PROMESA DE CONSORCIO
Según Diaz, J (2004) menciona que (…) es cierto el espíritu de la Ley y Reglamento de las Contrataciones Estatales es incentivar a una participación pública; consideramos que constituye un serio error supeditar el perfeccionamiento de la promesa de consorcio al consentimiento de la buena pro y la suscripción de un contrato. (pág.341)
Esta informalidad, permite en muchas oportunidades que las empresas materialicen un ejercicio abusivo de este derecho o institución jurídica, máxime si la normativa no establece el número máximo de empresas que pueden consorciales; aspecto que irresponsablemente hasta la fecha no es delimitado.
Por otro lado Díaz, J (2004) de la Revista Jurisprudencia Administrativos pone en claro que: ’’Que se considera que esta promesa de consorcio debe materializarse notoriamente por mandato expreso de la norma. (pag.341)
Este sub tema nos habla de cómo tiene que ser formado un consorcio incluyendo cuantas empresa se pueden formar y de manera debe ser organizada siguiendo los datos de la ley y los reglamentos de las Contracciones estatales.
2.2 EJERCICIOS ABUSIVO DEL DERECHO DE PROMESA DE CONSORCIO POR PARTE DE POSTORES Y FRAUDE A LA LEY
La Ley y el Reglamento no tienen un número de personas establecido. Ello ha originado sin temor a equivocarnos la utilización desmedida de la promesa de consorcio, a lo cual se suma la informalidad esbozada precedentemente.
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