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DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL


Enviado por   •  27 de Julio de 2021  •  Exámen  •  1.719 Palabras (7 Páginas)  •  177 Visitas

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EXAMEN FINAL – MODALIDAD DISTANCIA

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Carrera :

ABOGACÍA

Materia :

DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Alumno :

Turno:

Div :

Tema    :

L

Plan:

Legajo:

Fecha:

PUNTAJE

CALIFICACION DEFINIVA:

PRESIDENTE

VOCAL

CRITERIOS DE CORRECCIÓN EN LA EVALUACIÓN

  • Capacidad de transferir conceptos teóricos a situaciones prácticas.
  • Capacidad de  relacionar e interpretar conceptos.
  • Coherencia en las respuestas.
  • Claridad conceptual.
  • Capacidad de fundamentar críticamente las respuestas.
  • El examen consta de una parte teórica y de una parte práctica, donde ambas partes tienen que ser realizadas a los fines de su aprobación.
  • El examen se evaluará contemplando no sólo la simple suma de puntos, sino el conocimiento global del programa de la asignatura.

CRITERIOS DE ACREDITACIÓN

ASPECTOS A CONSIDERAR Y TENER EN CUENTA

  • El examen se aprueba con cincuenta (50) puntos como mínimo (recuerde que ambas partes teórica y práctica, en el caso de corresponder, tienen que estar desarrolladas, es decir, que si bien en la parte práctica suma los cincuenta puntos, deberá estar desarrollada también la parte teórica).
  • Sea claro, conciso y prolijo en la elaboración de la respuesta de cada tema que se evalúa.
  • Material bibliográfico: sólo podrá consultar la Ley de Contrato de Trabajo y el programa de la asignatura.
  • El examen deberá resolverse en el plazo de dos (2) horas.

TEMA: “L”

CONTENIDO DE LOS TEMAS DEL EXAMEN A EVALUAR

I.-) CASO PRÁCTICO N° 1: ………………………………………………..(40 puntos)

En una empresa de plásticos “LA ESTRELLA S.R.L.” dedicada al diseño y venta de utensilios descartables se realizan las siguientes contrataciones:

1°) Contrata a un trabajador bajo la modalidad contractual de obra o servicio, por un periodo de tres meses. En la cláusula relativa al objeto del mismo se indica lo siguiente: “La realización de las tareas, propias de la categoría asignada, para atender a la venta como consecuencia de existir una plaza vacante por enfermedad de otro trabajador”.

Planteo de la consigna: 

  1.  ¿Es válido el contrato utilizado? ¿Por qué?
  2. ¿Qué duración tendrá este contrato?
  3. ¿Tendrá derecho a solicitar a la finalización del contrato algún tipo de indemnización?

  1. El contrato utilizado no es valido ya que no se esta contratando a una persona para que realice una actividad que es ajena al objeto comercial de la empresa (por ejemplo la reparación de alguna instalación) sino que el puesto a cubrir es para ventas de los productos que la empresa realiza y que por lo tanto hacen a desenvolvimiento comercial de la empresa en cuestión, es decir, no estamos en este caso frente a un contrato civil de obras y servicios sino a un mero contrato laboral como lo define el articulo 4 de la ley 20744.

Art. 4° — Concepto de trabajo.

Constituye trabajo, a los fines de esta ley, toda actividad lícita que se preste en favor de quien tiene la

facultad de dirigirla, mediante una remuneración.

  1. El contrato que se debe realizar es un contrato por tiempo dererminado para cubrir esa necesidad de la empresa, el plazo será de 3 meses como la empresa necesita.
  2. No tendrá derecho a reclamar indemnización alguna si el contrato se cumplio íntegramente, para que el contrato finalice y no se convierta en contrato por tiempo indeterminado, las partes deberán preavisar la extinción del contrato con antelación no menor de 1 mes ni mayor de 2. Si se despidiera sin justa causa al trabajador antes del tiempo determinado del contrato, le corresponderá además de las indemnizaciones por extinción de trabajo, una indemnización por daños y perjucios.

2°) La ampliación del verano ha causado una repetición de algunos pedidos de potes para helados que no estaba previsto. Al no poder hacer frente a la demanda con el personal de planta, la empresa decide contratar a seis oficiales de taller. Se contrata a jornada completa, en horario de lunes a viernes.

Planteo de la consigna: 

  1. ¿Qué tipo de contrato es el más adecuado? Fundamente.

  1. El contrato mas adecuado es el contrato de trabajo por trabajo eventual regulado en el articulo 99 de la Ley 20744 (LCT) ya que como el mismo articulo lo establece, habrá contrato de trabajo eventual cuando la actividad del trabajador se ejerce bajo la dependencia de un empleador para la satisfacción de resultados concretos (Producción de mas helado) en relación a exigencias extraordinarias de la empresa (aumento de demanda de helado) toda vez que no puede preverse un plazo cierto para su finalización (la temporada se amplio pero nada se dijo de su finalización)

II.-) CASO PRÁCTICO N° 2:………………………………………………..(40 puntos)

Manuel Pérez ha trabajado como mecánico en el taller de una empresa de transporte de carga de corta distancia que va desde la ciudad de Río Cuarto a Villa María, habiendo ingresado  el 01 de septiembre de 2000 hasta el 15 de enero de 2021, en el horario de 7 a 15 hs. y/o de 13 a 21 hs., de lunes a sábados. Fue registrado y le abonaron su remuneración con recibos de ley por los primeros once años. Lo mantuvieron sin registrar los últimos años.

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