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Derecho Civil


Enviado por   •  14 de Noviembre de 2014  •  1.335 Palabras (6 Páginas)  •  135 Visitas

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ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE Nº2

Interpretar el Artículo 399 del Código Civil, referente a la impugnación de Reconocimiento.

La acción de impugnación del reconocimiento es la que tiene a atacar el reconocimiento, no por los vicios del acto, sino por no concordar con la realidad biológica, es decir por no ser el reconociente en verdad el padre o madre del reconocido. Es una acción declarativa, de contestación y de desplazamiento del estado de familia.

El Artículo 399 del Código Civil se refiere a esta acción. Establece que el reconocimiento de la paternidad y maternidad extramatrimoniales puede ser negado por el padre o la madre que no interviene en el, por el propio hijo o por sus descendientes si hubiera muerto y por quienes tengan interés legitimo; sin prejuicio del carácter irrevocable del reconocimiento.

Esta norme alude a la legitimación activa para el ejercicio de la pretensión.

No obstante la previsión legislativa, la persona simplemente mencionada como padre o madre – que no interviene en el reconocimiento y cuyo nombre es revelado por quien lo practica separadamente, con infracción del Articulo N°. 392 del Código Civil Peruano, podrá promover esta acción, por cuanto no se trata – respecto de ella de un caso justiciable. Bastara con que solicite, en sede registral, la supresión de la mención y de esta manera , se tendrá por no supuesta tal indicación, de conformidad con el artículo 37 del decreto Supremo Nº 015-98-PCM (Reglamento de inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil).

En cambio el propio reconociente no puede impugnar el reconocimiento, ya que si este es válido, asume el carácter de irrevocable. Lo cual no impide que pudiera accionar por invalidez de reconocimiento si, por ejemplo, se hizo mediante algún vicio de voluntad, como el error respecto de la persona del reconocido, o compelido, o intimidación, etc.

El objeto de la prueba es estrictamente, un hecho negativo: No ser el reconociente el padre o la madre del reconocido, o lo que es lo mismo, la inexistencia del vinculo biológico determinado por la procreación.

Obsérvese, por tanto que esta acción se otorga para todo supuesto que implique la imposibilidad o inexistencia del vínculo filial. Lo primero por ejemplo, si se acredita la impotencia absoluta, la infertilidad o la esterilidad del varón o de la mujer a quienes se atribuye la paternidad o la maternidad extramatrimoniales, sin haber participado en el acto. En estos casos es imposible que surja el vínculo filial. Lo segundo, por ejemplo, si demuestra que no hay nexo biológico entre el varón o la mujer mencionados con el titular de la partida de nacimiento.

El reconocimiento puede ser negado por el padre o por la madre que no interviene en el, por el propio hijo o por sus descendientes si hubiera muerto, y por quienes tengan interés legitimo, sin perjuicio de lo dispuesto en el articulo.

1. ¿Qué es el Matrimonio?

Es una institución social que crea un vínculo conyugal entre sus miembros. Este lazo es reconocido socialmente, ya sea por medio de disposiciones jurídicas o por la vía de los usos y costumbres.

El matrimonio establece entre los cónyuges y en muchos casos también entre las familias de origen de éstos una serie de obligaciones y derechos que también son fijados por el derecho, que varían, dependiendo de cada sociedad. De igual manera, la unión matrimonial permite legitimar la filiación de los hijos procreados o adoptados de sus miembros, según las reglas del sistema de parentesco vigente.

Por ser una institución sumamente extendida en el mundo aunque no de modo universal la definición del matrimonio es materia de diversas disciplinas. Desde el punto de vista del derecho occidental, el matrimonio constituye una unión de dos personas que tiene por finalidad constituir una familia.

Hasta hace pocos años se consideraba un elemento esencial de la definición el hecho que ambos contrayentes debían ser de sexo opuesto, pero en el último tiempo este elemento ha sido objeto de moderaciones debido a la introducción, por algunos ordenamientos, del matrimonio entre personas del mismo sexo.

El matrimonio es la base de la unidad familiar. En esta sociedad y en esta época, la familia es la unidad más integrada, la que mejor logra perpetuarse y la que se autoprotege mejor. Tal y como está establecida en la actualidad, es necesaria para la sociedad; tanto desde el punto de vista económico como el de

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