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Derecho Civil


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2014  •  4.185 Palabras (17 Páginas)  •  765 Visitas

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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO

ASIGNATURA:

DERECHO CIVIL V-CONTRATOS

DOCENTE: WALTER MENDIZABAL ANTICONA

ALUMNO: DIM ALAN BARRIGA VILCA

CODIGO: 2007150844

PERIODO ACADEMICO: 2014-I

CICLO: VII

2014

1. ELABORE UN MAPA CONCEPTUAL SOBRE: LOS CONTRATOS EN GENERAL, TIPOS Y CARACTERÍSTICAS.

EL CONTRATO

Un contrato en general es un acuerdo oral o escrito para hacer o no ciertas cosas. En bienes raíces, tu debes tener un contrato escrito en tres palabras podemos decir que es un acuerdo privado ,escrito o oral entre partes que se obligan sobre materia o cosa.

SUS CARACTERÍSTICAS

Cada tipo de contratos, tiene sus características fundamentales .pero en General las características de Un contrato sea de trabajo o de cualquier tipo, debe tener estas características como:

• Los mayores de edad (18 años)

• Los menores de 18 años legalmente emancipados.

• Mayores de 16 y menores de 18 si tienen autorización de los padres o de quien los tenga a su cargo. Si viven de forma independiente, con el consentimiento expreso o tácito de sus padres o tutores.

Los extranjeros de acuerdo con la legislación que les sea aplicable:

• Sobre la formalización

• Sobre el periodo de prueba

• Sobre la duración

• Sobre los derechos y obligación

• Derechos del trabajador.

LOS TIPOS O CLASES Y ALGÚN EJEMPLO:

Los tipos de contrato hay muchos ,destacamos lo siguiente:

1) contrato de futuros

2) contrato de seguro

3) contrato completo

4) contrato de trabajo

5) contrato de franquicia

6) contrato de arrendamiento

7) contrato de contrato de adhesión

8) contrato de compraventa

9) contrato social

2.- ELABORE UN MAPA CONCEPTUAL SOBRE CONTRATOS PREPARATORIOS: CONCEPTOS, CARACTERÍSTICAS, TEMPORALIDADES Y DIFERENCIAS.

CONTRATOS PREPARATORIOS

1. Definición

El Código Civil de 1984, ha consagrado la institución de los contratos preparatorios, como el común denominador de cualquier contrato que se desee celebrar en el futuro, y se reduce, en consecuencia, a preparar y asegurar situaciones jurídicas que comprometen a las partes a la formalización o ejecución de un contrato posterior.

Su función es de garantía para asegurar el cumplimiento de un contrato a realizarse a futuro. Se utiliza normalmente un contrato preparatorio cuando existen algunas dificultades de hecho o de derecho que impiden concluirlo en el mismo acto, pero sí resulta recomendable que las partes aseguren su celebración futura.

Los contratos preparatorios pueden aplicarse a cualquier contrato, como puede ser a un mutuo, compraventa, arrendamiento, o cualquier otro de cualquier naturaleza.

2. Características fundamentales

a. Carecen de un fin económico propio inmediato.

b. Constituye el acuerdo de la voluntad de las partes de asegurar un contrato futuro.

c. El objeto de estos contratos es que las partes se obligan a hacer un contrato

definitivo a futuro.

d. El plazo a futuro es de un año, renovable.

3. Clases de contratos preparatorios

a. Compromiso de contratar.

b. Contrato de opción.

a. El compromiso de contratar

El Art. 1414 del C.C. lo define como ‘el compromiso de las partes de celebrar un

Contrato definitivo en el futuro”. Se le conoce como precontrato, promesa de contratar, contrato preliminar o ante contrato.

Es la vinculación jurídica de ahora para concluirlo a futuro. Tiene la ventaja de que

Confiere a las partes la facultad de exigir la conversión de la promesa o compromiso en el contrato definitivo, asegurando así su potencial eficacia.

1. Elementos esenciales del compromiso

El compromiso de contratar debe contener por lo menos, los elementos esenciales del contrato definitivo, tales como las partes que intervendrán en ambos contratos, el objeto del contrato, el precio, o el plazo. Otros elementos o algunos de ellos pueden faltar y definirse en el definitivo.

2. Plazo máximo del compromiso

a. El compromiso será no mayor de un año y cualquier exceso se reducirá a este

Límite. A falta de plazo convencional, será de un año.

b. Al vencimiento del plazo puede ser renovado por otro plazo no mayor de un año.

3. Injustificada negativa a celebrar el contrato definitivo

La injustificada negativa del obligado a celebrar el contrato definitivo dentro del

plazo previsto, otorga a la otra parte, alternativamente, el derecho a:

a. Exigir judicialmente la celebración del contrato.

b. Dejar sin efecto el compromiso de contratar.

En cualquiera de los casos, hay lugar al pago de la indemnización por daños y

Perjuicios causados.

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