ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Civil


Enviado por   •  26 de Noviembre de 2014  •  1.426 Palabras (6 Páginas)  •  236 Visitas

Página 1 de 6

LEGADO Y LEGATARIO

 CONCEPTOS

El Legado, por definición, es la institución testamentaria mediante la cual el legatario adquiere, a título particular, un bien o derecho especifico, sin más modalidades que las que le impone el testador; por lo tanto, esta figura, sólo puede ser instituida mediante testamento y sólo procede en la sucesión testamentaria; un legado nunca podrá surgir en una sucesión legítima.

El legatario, por su parte, es el sucesor a título particular de una parte determinada de la masa hereditaria, es decir, sólo bienes y derechos; como legado nunca podrán dejarse o recibirse obligaciones.

 CLASIFICACIÓN

Los legados, se clasifican según su objeto y según su forma. Según su objeto pueden ser de dar o de hacer; y dentro de los primeros, es decir, dentro de los legados de “dar” encontramos legados de bienes corpóreos y de bienes incorpóreos, los legados de bienes corpóreos pueden ser específicos, genéricos o de pensión periódica; mientras que en los legados de bienes incorpóreos pueden incluir derechos reales o personales.

Los legados por su forma, pueden clasificarse de la siguiente forma:

a) PUROS Y SIMPLES: por obviedad de razón no están sujetos a ningún término ni condición

b) CONDICIONALES: están sujetos a una condición

c) TEMPORALES: tiene establecido un tiempo que los limita (artículos 1463,1466,1469 y 1470 CCDF)

d) SUBCAUSA: expresan el motivo por el cual se establecen (artículos 1463 CCDF)

e) SUBMODO: expresan la forma en que habrán de ser cubiertos (artículo 1367 CCDF)

f) ALTERNATIVOS: el testador deja uno de varios objetos o prestaciones a elegir (artículos 1421 al 1426 CCDF)

g) ONEROSOS: imponen al legatario una carga o gravamen que debe cumplir para tener acceso a él (artículos 1394 y 1419 CCDF)

h) GRATUITOS: para acceder a él, el legatario no tiene que cumplir con ninguna carga o gravamen

i) REMUNERATORIOS: se establecen como una forma de agradecimiento a un servicio prestado (artículos 11414 – I y 2336 CCDF)

 REGLAS DEL LEGADO

1. SUPLETORIEDAD.- todas las reglas aplicables al heredero y la herencia, son aplicables al legado y al legatario (artículo 1392 CCDF)

2. LA HERENCIA REPARTIDA EN LEGADOS.- cuando toda la herencia se divide en legados, a los legatarios se les tratará como si fueran herederos y su responsabilidad será idéntica (artículos 1286 y 1411 CCDF)

3. DERECHO DE RETENCIÓN.- El legatario no puede tomar por sí mismo la cosa legada, pero si la cosa ya estuviera en su poder tienen derecho de retenerla (artículo 1408 y 1409 CCDF)

4. EL ESTADO EN QUE DEBEN ENTREGARSE LAS COSAS.- La cosa legada debe entregarse al legatario en el estado en que se encontraba al morir el testador, junto con sus accesorios, frutos y productos. (artículo 1395 CCDF)

5. GATOS Y CONTRIBUCIONES.- los gastos de entrega de la cosa legada, así como las contribuciones que genere el legado, corren a cargo del legatario (artículo 1396 CCDF)

6. ACEPTACIÓN O REPUDIO DEL LEGADO.- el legatario debe aceptar o repudiar toda la cosa legada, no puede aceptar una parte y repudiar otra. (artículo 1397 CCDF)

7. HEREDERO Y LEGATARIO A LA VEZ.- cuando una persona es nombrado heredero y legatario al mismo tiempo, puede libremente aceptar una calidad y repudiar la otra (artículo 1400 CCDF)

8. GARANTÍA DEL LEGADO.- el legatario tiene derecho a exigir que se garantice el cumplimento de su legado, a través de cualquier medio autorizado por la ley (articulo 1406 CCDF)

 EXTINCIÓN DEL LEGADO

Los legados se extinguen por cuatro causas.

A) POR ACTOS DEL TESTADOR

El testador puede extinguir y dejar sin efectos el legado al revocarlo y puede hacerlo en forma tácita o expresa.

Expresamente, el legado es revocado cuando el testador emite otro testamento y en él no contempla el legado que antes existió. Tácitamente, basta con que el legado cambie de forma y denominación para que quede extinto (artículo 1393 CCDF)

B) POR ACTOS DEL LEGATARIO

 Cuando el legatario es incapaz o indigno

 Cuando repudia el legado

 Cuando se sujeta a una condición y no la cumple

C) POR CAUSA DEL LEGADO

Cuando el legado se pierde o se destruye (artículo 1412 CCDF)

D) POR CAUSA DEL TESTAMENTO

Sí el testamento es nulo o ineficaz y por eso no surte sus efectos, el legado tampoco lo hará

EL ALBACEA

 CONCEPTO

El albacea es un auxiliar de la administración de justicia que se encarda de administrar y liquidar la masa hereditaria y adjudicarla a los legítimos herederos, para ello la leu lo faculta para realizar determinados actos necesarios para la liquidación de la herencia.

El albacea siempre será una persona física, nunca puede serlo una persona jurídica, y para ello es necesario que tenga libre disposición de sus bienes, lo

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (9.5 Kb)  
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com