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Derecho Civil


Enviado por   •  20 de Junio de 2015  •  826 Palabras (4 Páginas)  •  127 Visitas

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1. SERVIDUMBRE.

En el derecho, servidumbre es la denominación de un tipo de derecho real que limita el dominio de un predio denominado fundo sirviente en favor de las necesidades de otro llamado fundo dominante perteneciente a otra persona.

2. CLASIFICACIÓN DE LAS SERVIDUMBRES

Por el modo de ejercicio, clasificación distinguida en el artículo 710 del Código Civil Venezolano, de acuerdo con lo planteado según sean usadas por el hombre o no necesiten ese uso.

Servidumbres Continuas: Son aquéllas que se encuentran presentes y no necesitan del ejercicio ni la intervención del hombre.

Servidumbres Descontinuas (sic): Aquéllas que necesitan de la actuación del hombre para ejercitarse.

Por el modo de manifestarse modalidades consagradas en el artículo 711 del Código Civil Venezolano las cuales atienden a las señales visibles en los inmuebles que conforman la servidumbre.

Servidumbres Aparentes: Son aquéllas cuyo ejercicio se manifiesta por la existencia de un signo exterior.

Servidumbres No Aparentes: Son aquéllas que no requieren la existencia de signos externos.

Servidumbres Legales: Tienen su origen en la ley. Estas servidumbres se exigen por medio de un juicio cuando el propietario del fundo sirviente se niegue a constituirla a favor del predio dominante.

Servidumbres Voluntarias o Convencionales: Son aquellas que se constituyen por voluntad de las partes, siempre que no atenten contra el orden público, la moral y las buenas costumbres

Servidumbres Continuas: Son aquéllas que se encuentran presentes y no necesitan del ejercicio ni la intervención del hombre.

Servidumbres Aparentes: Son aquéllas cuyo ejercicio se manifiesta por la existencia de un signo exterior

Servidumbres Positivas: Son aquellas que le permiten al propietario del predio dominante hacer algo que no podrían hacer si no existiera la servidumbre.

Servidumbres Negativas: Se impone al propietario del predio sirviente el impedimento de hacer algo que pudiera hacer de no existir la servidumbre.

3. CARACTERÍSTICAS DE LAS SERVIDUMBRES

Es un derecho real sobre cosa ajena. Recae sobre una cosa que, necesariamente, presupone la pertenencia a distintos propietarios.

Constituye un estado excepcional de la propiedad. Puesto que impone un gravamen sobre el predio; de esto se derivan tres aspectos:

Debe practicarse de una manera que no perjudique al predio sirviente. (Arts. 726 al 729 C.C.V.)

La extensión de la servidumbre debe favorecer al fundo sirviente, esto es en caso de conflicto de intereses. (Art. 734 C.C.V.)

Son unilaterales. Ya que implican una imposición u obligación para el fundo sirviente y un derecho para el predio dominante.

Constituye una relación funcional entre predios. No se entiende como una relación jurídica entre bienes, sino en función de esos bienes.

Generalmente, son a título oneroso. Esto se debe a que limita la

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