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Derecho tributario Clases


Enviado por   •  11 de Diciembre de 2019  •  Tareas  •  9.729 Palabras (39 Páginas)  •  161 Visitas

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Derecho tributario

https://patriciomasbernat.wixsite.com/cursosderecho

Teoría general del derecho tributario, código tributario, ley del iva (impuesto a las ventas y servicios).

Metodologías pedagógicas participativas. Aplicar conceptos jurídicos fundamentales y leyes a casos concretos.

Demostrar enfoque siempre desde la ética profesional, responsabilidad social, pensamiento critico, capacidad de abstracción.

Método de portafolio, exposiciones.

Pensamiento critico forma de evaluar o valorizar y filtrar la información para ver al fin cual nos conviene más.

silasmasbernat@gmail.com  grupo de 3 alumnos, durante todo el semestre.

Portafolio del estudiante (trabajo en clase y autónomo). Lo más importante.

Portafolio del grupo (trabajo en clase).  

Para el portafolio

  • Tomar apuntes, fuera de ella hacer resumen y/o mapa conceptual como uno lo interpreta.
  •  Anotar los resultados del grupo
  • Trabajos autónomos.
  • Diccionario de términos jurídicos
  • Pruebas en el mismo cuaderno

El origen de los tributos es que A entrega a D algo para lograr adquirir un servicio publico.

Tarea : lista.

6 de agosto

Para la primera prueba es la teoría general del derecho tributario, lo más importante para el profe es:

  • concepto de derecho tributario (lo esencial en el tributo),
  • concepto de tributo y los fines del tributo. Principios tributarios
  • clases de tributo: impuestos, tasas, contribuciones y gravámenes parafiscales.
  • Elementos del tributo: hecho gravado o hecho imponible, base imponible, alícuota o tasa, sujeto activo y los sujetos pasivos que pueden ser: obligado directo o responsable tributario.
  • Relación jurídico-tributaria
  • La obligación tributaria, concepto, estructura y esta puede ser material, formal.
  • Articulo 19 nº20 respecto a los tributos.

  • Teoría general del derecho tributario

Consiste en todas las categorías jurídicas fundamentales del derecho tributario.

Derecho tributario: Es aquella rama del derecho que regula la creación y aplicación de los tributos.  Estudia la relación de los contribuyentes con el estado. La característica nuclear del derecho tributario son los tributos.

Tributo: carga pecuniaria exigida por el estado a los contribuyentes por normas de derecho publico, con fines públicos que el estado determina.

Fines del tributo: estos pueden ser fiscales o extra fiscales.

  • Los fines fiscales dicen relación con el sustento de los órganos del estado.
  •  Los fines extra fiscales dice relación con fines económicos y sociales reconocidos en la constitución política y que no dice relación con el sustento de los órganos públicos.

Principios tributarios: estos son los fundamentos del sistema tributario y los fundamentos pueden ser de carácter formal o de carácter material.

Los principios o fundamentos formales son:

  • Principio de reserva de ley (no hay tributo sin ley): potestad que se le entrega a un órgano o persona determinada para dictar leyes sobre ciertas materias.
  • Principio de certeza tributaria: Los tributos deben ser fijos y no arbitrarios. Debe existir una claridad sobre estos de manera anticipada de como entraran a las arcas fiscales.
  • Principio de irretroactividad tributaria: las leyes no producen efectos retroactivo salvo estipulación en contrario como es la norma general en el derecho publico.

Los principios o fundamentos materiales son:

  • Principio de igualdad tributaria: La ley debe brindar un trato igual a los iguales y desigual a los desiguales, conforme las personas se encuentren en las mismas o en diferentes situaciones

  • Principio de progresividad tributaria: modula la presión fiscal conforme al nivel de capacidad económica de los contribuyentes; y de este modo, ambos constituyen una manifestación del principio de solidaridad tributaria, diferenciando de modo legítimo la presión fiscal de cada contribuyente
  • Principio de capacidad económica: A diferencia de los otros principios, es exclusivo del ámbito tributario.

Puede definirse como la aptitud para concurrir a las cargas públicas (tributos) manifestada en la posesión de riqueza económica, lo que implica tanto que constituye condición como fundamento excluyente de la obligación de contribuir.

La capacidad económica dice relación con la potencialidad económica vinculada a la titularidad y disponibilidad de la riqueza89; con la aptitud, la posibilidad real, la suficiencia de un sujeto de derecho para hacer frente a la exigencia de una obligación tributaria concreta

  • El principio de no confiscatoriedad o respeto al derecho de propiedad: Confiscación significa "privación de bienes por parte del poder público para aplicarlos al fisco sin compensación alguna", y en el ámbito tributario tiene por efecto evitar la absorción total de la fuente económica o riqueza del contribuyente.

Constituye un criterio de evaluación constitucional referido al resultado de la imposición, no prohibiendo propiamente la confiscación, sino el alcance confiscatorio de los tributos

  • Principio de generalidad: se aplica a todos los habitantes por igual,  se aplica a la generalidad de la población.  todos tienen el deber de contribuir al mantenimiento de los gastos públicos".

Clases de tributos: tenemos 4 clases de tributo

  1. Impuestos: aquellos cobros que realiza el estado para fines generales. (o para gastos generales)
  2. Tasas: son tributos destinados a que el contribuyente pague por el servicio solicitado al órgano publico. Se refiere a aquellos servicios de carácter divisible.

  1. Contribuciones: categoría no usada en chile, se llama contribuciones especiales y esta se refiere a los tributos que se cobran con el mayor valor de un inmueble generado por una obra publica
  1. Gravámenes parafiscales: no existe en chile. Este se trata de un tributo que no tiene forma de tributo y que tiene por objeto retraer patrimonio privado para fines públicos. Como las afp, peaje, transporte publico.  Un ejemplo puede ser la privatización del tributo, entonces este es un tributo privado.

Elementos del tributo:

  • Hecho gravado o imponible: situación fáctica a partir de la cual nace la obligación tributaria.
  • Base imponible: mismo hecho agravado en números, es la cuantificación.
  • Alícuota: porcentaje de la base imponible que se debe pagarse como impuesto.
  • Sujeto activo: es el acreedor el tributo
  • Sujeto pasivo: es el deudor del tributo, este puede ser un obligado directo, este es el naturalmente obligado o un responsable tributario es aquel que debe pagar en sustitución del naturalmente obligado. (por ejemplo, un notario que autoriza un documento sobre el cual se debe pagar un impuesto, este tiene la obligación de ver que el impuesto fue pagado y si no lo hace las debe pagar él)

Relación jurídica tributaria: esta es una relación de carácter complejo, ya que contiene todas las obligaciones del contribuyente hacia el estado. La obligación tributaria es la obligación de pago y hay obligaciones anexas como declarar ingresos etc.

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