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LA JUSTICIA HANS KELSEN


Enviado por   •  3 de Julio de 2021  •  Ensayos  •  1.214 Palabras (5 Páginas)  •  161 Visitas

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¿Qué es la justicia? Hans Kelsen

El término de Justicia está en el interior de las discusiones recientes de la filosofía, Hans Kelsen, quizás el abogado de mayor relevancia del siglo XX laboró el término a partir de perspectivas que hoy están descuidadas, la poca atención que ha recibido el término relativista de la justicia sostenido por Kelsen tiende a empobrecer las discusiones sobre la Justicia actual.

Kelsen (2015) menciona que: “La justicia es, ante todo, una característica posible pero no necesaria de un orden social. Sólo secundariamente, una virtud del hombre; pues un hombre es justo cuando su conducta concuerda con un orden que es considerado justo” (pág. 11). Kelsen hace una meditación fácil: si existiera una sola regla o regla adecuada del comportamiento humana, solo habría un grado de conducta humana justo, entonces no habría razón de que exista su contrario, lo injusto en este entorno fácil y llanamente no habría conflictos.

Para la obra de aquel criterio, se fundamenta en la iniciativa de tolerancia. Parte del supuesto de que el relativismo ético es constantemente tolerante, y que la tolerancia está íntimamente relacionada con la independencia, la ciencia y la democracia.

Hans Kelsen (2015) relaciona a la justicia con la felicidad y lo cataloga de la siguiente manera:

Desde luego, un orden justo, es decir aquel que garantiza a todos la felicidad, no puede existir si –de acuerdo con el sentido originario de la palabra– se entiende por felicidad un sentimiento subjetivo, es decir lo que cada uno considera como tal (pág. 11).

Su obra continúa mencionando que la justicia es la aspiración del hombre a la felicidad, entonces se nos plantea la incógnita sobre que es en realidad la felicidad y si es posible su realidad en una sociedad, ya que la felicidad es un concepto individual, cada persona tiene su percepción sobre su propia felicidad, si justicia se identifica con felicidad, entonces estamos hablando que tener un orden social justo es imposible, si bien sabemos que por justicia se sobre entiende una individualidad, es decir no se procura la mayor felicidad posible.

La felicidad es subjetiva llevando a que la felicidad individual y subjetiva para convertirse en la satisfacción de necesidades socialmente aceptadas, es similares a las que debe soportar el concepto de libertad para llegar a ser un principio social, La razón del ser humano es limitada, como su propia existencia lo es, nadie vive eternamente, más aún el propio ser humano no es único en toda su existencia: cambia conforme su proceso de aprendizaje y conforme sus ciclos de vida.

Kelsen (2015) menciona que se produce entre los valores “la respuesta al problema aquí planteado es siempre un juicio que, a última hora, está determinado por factores emocionales y por consiguiente tiene un carácter eminentemente subjetivo” (pág. 15). Es decir que la justicia se aplica cuando aplicas un juicio y dependiendo cual sea el juicio es de lo que determinaras por ejemplo hay juicios morales, juicios de valor, juicios de igualdad a justicia nos lleva de un lado a otro, desplazándonos por diferentes enfoques.

Kelsen (2015) relaciona al principio de igualdad con la justicia, es decir “La aplicación del principio de igualdad a las relaciones entre trabajo y producto del mismo lleva a exigir que a igual trabajo corresponda una igual participación en los productos” (pág. 33). De allí que Kelsen resalte que cualquier solución va a ser justa dependiendo de las situaciones. Si en el problema de ambos comuneros por la propiedad o posesión de un lote se comprueba que uno de ellos recurre a documentos o afirmaciones equivocadas para sustentar sus intereses, el órgano de resolución no negará otorgar la justicia a la otra, pero si los dos poseen causas válidas en la sustentación de sus intereses, el compromiso por el cual acuerdan separarse el lote en piezas proporcionales a la validez de sus intereses, se muestra como una justicia compartida. En los dos supuestos son las situaciones las que definen la orientación de la justicia, confirmando la relatividad del criterio.

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