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Taller I de Prevención de Riesgos en Área Productiva


Enviado por   •  4 de Enero de 2019  •  Tareas  •  1.036 Palabras (5 Páginas)  •  191 Visitas

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Tarea 4

Alexis SALAZAR Vasquez

Taller I de Prevención de Riesgos en Área Productiva

Instituto IACC

03 Diciembre 2018


Desarrollo

INSTRUCCIONES:  

 

Identifique y describa 4 peligros del trabajo con Calderas y Generadores de Vapor y proponga para cada peligro una medida de control exigido según la normativa legal vigente (D.S.48). Adicionalmente deberá crear 1 una medida de control creada por usted, para cada uno de los peligros mencionados.

  1. Explosión: debido a la temperatura que se genera la interior de una caldera estas están propensas a posibles explosiones las que pueden afectar a los trabajadores de forma grave ocasionando lesiones, incapacidad temporal como permanente e inclusive hasta la muerte de uno o varios trabajadores dependiendo de la cantidad que allí se desempeñen.

Las explosiones en una caldera pueden ser de dos tipos física o química, donde la primera genera la ruptura y desprendimiento de piezas esto se genera por un alza en la presión del agua contenida en la caldera y la química es producto de la acumulación de agua en mezcla con sales fundidas.

Para evitar esto el D.S. 48 reglamenta y estipula las medidas que se deben tener al momento de operar estas maquinarias algunas exigencias para evitar explosiones las podemos encontrar en:

  • Art. 10, señala que las calderas no podrán ser instaladas sobre o bajo instalaciones que sean destinadas a áreas de trabajo, descanso o habitaciones del personal.
  • Art. 20, estipula la realización de medición de los niveles de pH, conductividad, turbiedad y dureza los que deben ser registrados en la bitácora de caldera por los operadores en cada turno.
  • Párrafo V, Accesorios de observación, seguridad y control automático habla de los accesorios que deben tener las calderas al igual que cuales deben ser sus conexiones para realizar las mediciones tales como manómetros, válvulas de seguridad, sistemas de alarma de presión, sistema automático de liberación de presión entre otros.

Una medida que yo implementaría: por cualquier necesidad que necesite el operador para retirarse de su puesto de trabajo este deberá solicitar la autorización a su supervisor y a la vez este deberá realizar un relevo con otro trabajador capacitado en el funcionamiento y cómo actuar frente a una emergencia en la caldera.

  1. Quemaduras: ya que las instalaciones donde se encuentran las calderas existen demasiada temperatura el o los trabajadores pueden quedar expuestos a estas en cualquier momento, en especial por los espiches o salidas de vapor los que provocan un accidente laboral con quemadura de la piel e inclusive de las ropas cuando estas no son las adecuadas.

Para evitar esto el D.S. 48 reglamenta y estipula las medidas que se deben tener al momento de operar estas maquinarias algunas exigencias para evitar la exposición a las altas temperaturas pueden ser encontradas en:

  • Art. 9, el que estipula que el área física donde se instale la caldera será utilizada solo con este propósito y se le denominara “Sala de calderas”, será de material incombustible y los muros y techos deberán tener una resistencia al fuego mínima a RF-60.
  • Art. 11, se establece que las calderas deberán estar ubicadas a no menos de 1 metro de distancia de las paredes y a la vez el techo debe estar ubicado a mas de 1.5 mts. desde el punto más elevado de esta.

Una medida a implementar sería el sistema de turno rotativo igual o inferior a 4 hrs. de exposición continua de los trabajadores al igual que las capacitaciones respecto a la correcta utilización de los EPP necesarios para esta labor.

 

  1. Caídas a distinto o mismo nivel: estos accidentes son muy frecuentes en distintos puestos de trabajo ahora en las salas de calderas también hay un grado de riesgo de sufrir una caída por mismo o distinto nivel ya sea por desliz con materiales o herramientas gareteados como por descuido del nivel del piso, ya que en este tipo de salas en ocasiones cuentan con escaleras.

Para evitar esto el D.S. 48 reglamenta y estipula las medidas que se deben tener al momento de operar estas maquinarias algunas exigencias para evitar la caída a mismo o distinto nivel pueden ser encontradas en:

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