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Justicia Alternativa


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2012  •  2.105 Palabras (9 Páginas)  •  744 Visitas

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El Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (CJA) fue creado en 2003 como órgano del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal para administrar y desarrollar los métodos alternos de solución de conflictos en el Tribunal, en particular a través de la mediación, transformándose en una dependencia del propio Tribunal con autonomía técnica y de gestión por virtud de las reformas a la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia del Distrito Federal y de la Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal, ambas de 2008.

La creación del CJA se anticipó a la reciente Reforma al Artículo 17 de la Constitución de 2008 que ordena que las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias, pues establece la posibilidad de que las personas puedan resolver sus conflictos sin autoridades como un mecanismo complementario al servicio de la justicia ordinaria, tal y como sucede en el CJA. También significa que es en Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal donde se cementan la justicia tradicional y la alternativa. Ambas comparten la misma teleología de lograr un sistema de justicia pero con metodologías diferentes.

La solución sana de disputas permite que los usuarios de los servicios de mediación sean beneficiados por una moderna actitud institucional y democrática que permite la participación de la ciudadanía en la resolución de sus conflictos.

La mayor rapidez a la solución de controversias por mecanismos alternativos propicia una disminución en los costos, no sólo para las partes involucradas sino para el sistema de justicia, ya que representa una posibilidad muy cercana de descongestionar a los tribunales.

El CJA representa la oportunidad que tienen los ciudadanos de solucionar sus conflictos a través de métodos no contenciosos.

MOTIVACIÓN

La convivencia social contemporánea se ha vuelto compleja debido al crecimiento de la población, la desigualdad económica, el avance tecnológico y la globalización, factores que han incrementado y creado nuevos conflictos en la sociedad mexicana, provocando la insuficiencia de los servicios tradicionales de la administración de justicia.

La sobrecarga de trabajo de los órganos jurisdiccionales, el abuso de los recursos que la ley otorga para los procesos judiciales, la dilación de los juicios, el alto costo que implica el litigio, el desconocimiento del Derecho y de los procedimientos jurisdiccionales, así como la insatisfacción social frente a la resolución judicial, la ineficacia de la vía conciliatoria, la falta de profesionalismo en el patrocinio de los negocios jurídicos, la carencia de una actitud institucional democrática que permita la participación de la ciudadanía en la resolución de sus conflictos, entre otros, son factores que condujeron al Consejo de la Judicatura del Distrito Federal a incorporar en el proceso de reforma judicial, medidas transformadoras para superar la problemática descrita.

La inclusión de los métodos alternos de solución de controversias como vías de acceso a la justicia, a través de la institucionalización y desarrollo de métodos autocompositivos capaces de alternar y coexistir con la vía jurisdiccional, está constituyendo un pilar importante en la construcción de un sistema de justicia más humano, satisfactorio, económico, ágil, expedito y rápido.

Dentro de los citados métodos, la mediación es la vía pacífica de solución de conflictos que, en términos humanos, de tiempo, recursos y costos, ha mostrado ser más eficiente que cualquier otro, porque además de privilegiar la libre decisión de las partes, la cooperación y el compromiso mutuo, facilita la pacífica continuidad de las relaciones reduciendo así la posibilidad de futuros litigios, independientemente de que, en la medida que se difunda, al ponderarse la responsabilidad de los involucrados en el arreglo de su conflicto ante la sociedad, ésta se proyecta como un medio capaz de generar una cultura pacificadora que recupera la posibilidad de una armónica convivencia entre los individuos, razones por las cuales el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal resolvió incorporarla al ámbito de la administración e impartición de justicia y las nuevas disposiciones legales la hicieron suya.

MARCO JURÍDICO

• Artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Decreto que modifica la Constitución publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2008.

• Artículos 186 bis, 186 bis 1, 186 bis 2, 186 bis 3 y 186 bis 4, de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; Reformas publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 08 de enero de 2008.

• Ley de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia para el Distrito Federal; publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 08 de enero, la cual entró en vigor el 08 de marzo de 2008.

• Reglamento Interno del Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; publicado en el Boletín Judicial, Órgano Oficial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal el 6 de enero de 2009, fecha en que entró en vigor.

ANTECEDENTES

En la tradición jurídica, la expresión de mecanismos alternativos de solución de controversias ha servido para significar mecanismos para resolver conflictos que no requieren autoridades judiciales.

El acceso a la justicia se ha entendido como acceso a la jurisdicción, que se materializa en el derecho de las personas a ser parte de un proceso y a promover la actividad jurisdiccional hasta obtener una decisión judicial; sin embargo, esa concepción ha venido experimentando una seria preocupación por la excesiva litigiosidad y por su relatividad como acceso para todos.

Ante esta situación, el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, desde el año 2001, han programado y realizado diversas acciones que culminaron con la creación del CJA del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (CJA) creado en 2003. Su efecto en la población ha sido bien recibido pues ya existan cientos de testimonios personales de individuos agradecidos al CJA por haber facilitado soluciones negociadas a sus conflictos y por el cambio que operó en sus personas y relaciones personales.

De los avances previos a la creación del CJA destacan los siguientes:

• Proyecto Inicial para la Inserción de los Métodos Alternos de Solución de Controversias en el Tribunal Superior de Justicia del D.F. para el periodo 2003, en

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