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Caso 2 direccion recursos humanos


Enviado por   •  30 de Noviembre de 2022  •  Trabajos  •  2.464 Palabras (10 Páginas)  •  38 Visitas

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GRADO DE RELACIONES LABORALES

ASIGNATURA OBLIGATORIA : DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS I

CURSO 2021/2022

FICHA DE  PROPUESTA

CASO PRÁCTICO: Convenios colectivos y estructura de política de retribución

TÍTULO DEL PROYECTO : El Mercadona

NOMBRES Y APELLIDOS: Joselyn España Peña cárdenas

ASIGNATURA OPTATIVA: DIRECCIÇON DE RRHH I

DATOS DEL ESTUDIANTE

Nombre Alumno/os

Joselyn España peña cárdenas

Nacionalidad

Española

Profesión/ Ocupación

Estudiante

Email

Jpenac02@estudiantes.unileon.es

ÍNDICE

CONVENIOS COLECTIVOS Y ESTRUCTURA DE POLÍTICA DE RETRIBUCIÓN

1. CONVENIO COLECTIVO DE LA PROVINCIA DE LEÓN.................................................................4

2. CONVENIO COLECTIVO DE LA PROVINCIA DE BIZKAIA .................................................................6

3. CONVENIO COLECTIVO DE LA PROVINCIA DE CANTABRIA............................................................8

4. COMPARACIÓN DE LOS CONVENIOS.............................................................................................10

4.1 ESTRUCTURA DE PUESTOS Y CATEGORÍAS ....................................................................11

4.2 COSTES ECONÓMICOS DE CADA CONVENIO.................................................................13

4.3 TAREAS Y RESPONSABILIDADES FIJADAS PARA LAS CATEGORÍAS ÚTILES. ......17

5. CONCLUSIONES DERIVADAS DE LA COMPARACIÓN..............................................................18

6. CONSECUENCIAS..............................................................................................................................18

7. ESTRUCTURA DE PERSONAL ........................................................................................................18

8. BIBLIOGRAFÍA Y WEBGRAFÍA.........................................................................................................19

1.CONVENIO COLECTIVO DE LA PROVINCIA DE LEÓN

 

Las normas del presente convenio serán de aplicación a las empresas  establecidas en la provincia de León o que en el futuro se puedan establecer.

En este convenio colectivo nos encontramos ante una serie de articulos donde podemos destacar varios de ellos, por ejemplo, Artículo 8.º- Póliza de accidentes.- Las empresas afectadas por el presente convenio se comprometerán a aplicar un seguro que permita a cada trabajador tener derecho a las indemnizaciones que se especifican en las contingencias de fallecimiento, invalidez permanente absoluta o gran invalidez, en las cantidades que se establecen en las tablas del anexo I del presente convenio.

Asimismo también se ha de destacar las condiciones de los trabajos y para ello se utiliza la base del Artículo 10.º en el cual nos habla sobre las jornadas laborales , el computo y distribución anual es un máximo de 1.800 horas efectivas de trabajo, promediando la de 40 horas semanales. También esta el Artículo 11.º  que habla sobre las Horas extraordinarias y el Artículo 12.º  basado en las vacaciones donde el trabajador tiene derecho a 31 días naturales, estando  16 de ellos comprendidos entre el uno junio y treinta de septiembre , al igual que se le da importancia al Artículo 20.º donde se habla de las pagas extraordinarias siendo en verano, navidad y en febrero .

Para terminar se destaca el Artículo 47º tiene un papel fundamental, pues se refiere a los contratos formativos, una sección muy importante dirigida especialmente por el departamento de Recursos Humanos.

En este artículo cabe mencionar que el contrato de trabajo en prácticas podrá concertarse con quienes estuvieren en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos  que habiliten para el ejercicio profesional, dentro de los cinco años, o de siete años cuando el contrato se concierte con un trabajador con discapacidad de acuerdo con las siguientes reglas:

a) El puesto de trabajo deberá permitir la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios o de formación cursada.

b) La duración del contrato no podrá ser inferior a seis meses ni exceder de dos años.

Las situaciones de incapacidad temporal, nacimiento, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, guarda con fines de adopción, riesgo durante la lactancia, paternidad y violencia de género interrumpirán el cómputo de la duración del contrato.

c) Ningún trabajador podrá estar contratado en prácticas en la misma o distinta empresa por tiempo superior a dos años en virtud de la misma titulación o certificado de profesionalidad.

Tampoco se podrá estar contratado en prácticas en la misma empresa para el mismo puesto de trabajo por tiempo superior a dos años, aunque se trate de distinta titulación o distinto certificado de profesionalidad…..etc

ESTRUCTURA DE PUESTOS Y CATEGORÍAS

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2. CONVENIO COLECTIVO DE LA PROVINCIA DE BIZKAIA

 

En el convenio colectivo de la empresa de Mercadona de bizkaia nos enocontramos ante varios articulos que podemos destacar debido a su importancia para el desempeño de dicha empresa, por ejemplo el Artículo 38º. -Seguridad y Salud laborales , este lo podemos dividir en tres partes en la primera , las empresas y el personal de las mismas asumiran los derechos y responsabilidades por ende en consecuencia y en funcion de las situaciones de riesgo existentes, planificarán la actividad preventiva que tenga como objetivo eliminar, controlar o reducir dichos riesgos . En la segunda parte de este artículo la empresa realizara un analisis de los riesgos que hay en la empresa y las enfermedades que pueden influir negativamente en la salud de los trabajadores como por ejemplo las mujeres embarazadas con parto reciente o en el feto debiendo acomodar para estas una serie de normas de prevencios de riesgos mayor que el resto, Para acabar con el Articulo 38 en su ultima parte se trata de la vigilancia de la salud en la cual las empresas estan obligadas a realizar una vigilancia periodica de la salud de los trabajadores en relacion con su puesto de trabajo la periodicidad de la vigilancia al menos será con carácter anual.

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