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Caso empresa contratista Construcciones Naco C.A


Enviado por   •  15 de Junio de 2022  •  Apuntes  •  3.364 Palabras (14 Páginas)  •  51 Visitas

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PROFESORA: INTEGRANTE:

Neirys Marín Katherine Castillo

Gestión Humana y Ambiente de Trabajo. C.I 18.227.160

Trayecto IV prosecución CP 01

El Tigre, 30 de Mayo del 2022.

Evaluación # 1

Casos de accidentes laborales

La empresa contratista Construcciones Naco C.A, cual presta servicio a la empresa Vencemos. Para el momento del accidente laboral que le costó la vida a un trabajador.

Dicho trabajador tenía 35 horas de sobre tiempo, la cual ocasiono un enorme desgaste y sobrecarga física, su muerte se ocasiono al este inflar de aire, el caucho de un camión, con el compresor de la bomba de freno, ya que no poseía ningún tipo de herramienta para realizar esta tarea, al no poder leer la presión del aire, lo hizo a calculo y este error le costó la vida, al explotar el mismo.

¿Qué articulo aplicarías utilizando la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y medio Ambiente de Trabajo Lopcymat?

Los artículos que se aplicarían serían los siguientes:

Artículo 69 Se entiende por accidente de trabajo todo suceso que se produzca dentro de la empresa o área de trabajo en medio de su jornada laboral, que le ocasione lesiones funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o posterior, o la muerte, resultante de una acción o procedimientos que pueda ser determinada o sobrevenida en la realización del mismo.

Artículo 85. En este artículo se toma en consideración las prestaciones por muerte de trabajador activo como una contingencia del trabajador, a consecuencia de una accidente laboral o enfermedad ocupacional, causa el derecho a sus sobrevivientes calificados, a recibir un pago único, distribuido en partes iguales, equivalente a veinte (20) salarios mínimos urbanos vigentes a la fecha de la contingencia. La persona natural o jurídica que demuestre mediante facturas haber efectuado los gastos de entierro del trabajador fallecido como consecuencia de un accidente de trabajo, tendrá derecho a recibir un pago único de hasta diez (10) salarios mínimos urbanos vigentes a la fecha de la contingencia.

Artículo 86. De la Pensión de Sobreviviente por La muerte del trabajador activo, se cancelará catorce (14) mensualidades anuales, en el territorio de la República, en moneda nacional. Tienen derecho a la pensión de sobreviviente las personas que dependían del causante a la fecha de su muerte, que se encuentren registrados en la Tesorería de Seguridad Social y que cumplan con los siguientes requisitos:

1. Los hijos e hijas solteros menores de dieciocho (18) años o de veinticinco (25) años si cursan estudios universitarios o técnicos superiores, debidamente acreditados, o de cualquier edad si tienen discapacidad total permanente que dependan económicamente del causante; así como el hijo o hija nacidos con posterioridad, de acuerdo con los lapsos que establece el Código Civil.

2. El viudo o viuda, el hombre o la mujer en unión estable de hecho.

3. Los y las ascendientes.

4. Los hermanos y hermanas solteros menores de dieciocho (18) años o de veinticinco (25) años si cursan estudios universitarios o técnicos superiores, debidamente acreditados, o de cualquier edad si tienen discapacidad total permanente.

5. Otros familiares o personas dependientes del causante que fallece, previamente registrados ante la Tesorería de Seguridad Social.

Artículo 116. Es responsabilidad del empleador en materia de seguridad y salud en el trabajo dar lugar a responsabilidades administrativas, así como, en su caso, a responsabilidades penales y civiles derivadas de dicho incumplimiento.

Artículo 120. De las Infracciones muy Graves Sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales, administrativas o disciplinarias, se sancionará al empleador o empleadora con multas de setenta y seis (76) a cien (100) unidades tributarias (U.T.) por cada trabajador expuesto cuando, no se tomen en consideración lo establecido en la ley y sus reglamentos en cuanto al disfrute de vacaciones, tiempo libre de recreación, abuso en las horas de trabajo diurnas y nocturnas, no se comunique los accidentes laborales al organismo competente, ni se declare el accidentes dentro de las 24 horas siguientes al mismo, no se realicen las maniobras de primeros auxilios, ni se informe sobre las condiciones de salud de la persona accidentada entre otras. Dependiendo de la gravedad de la infracción se realizaría el cierre de la empresa por 48 horas hasta aclarecer el inconveniente durante, el mismo la empresa deberá continuar cancelando sus obligaciones salariales.

Artículo 131. Este articulo trata de las sanciones penales impuestas por la muerte del trabajador como consecuencia de violaciones graves a las normativas legal en materia de seguridad y salud en el trabajo, donde la pena de prisión pudiera ser de 8 a 10 años de cárcel, si se llegara a demostrar su negligencia a la hora del accidente, provocando discapacidad total permanente o la muerte de trabajador. Hasta tanto no se reforme el Código Penal, el Ministerio Público creará Fiscales Especiales con competencia nacional en materia de salud y seguridad laborales. Los delitos de esta Ley son de acción pública, sin perjuicio de que los afectados o sus causahabientes puedan ejercer directamente las acciones penales correspondientes, sin intervención del Ministerio Público.

¿Cuál sería el tratamiento a seguir?

Tomando en consideración el análisis de los artículos mencionados y la graves de los hechos que llevo a la muerte del trabajador, es importante destacar que las personas necesitan obligatoriamente tener un límite de horas extras trabajadas, que tienes que se respetado ya que el cansancio es un factor agotador que puede hacer que las personas no coordinen de manera segura en su entorno de trabajo, es lamentable este accidente ya que no solo se perjudica la empresa sino que se pierde una vida, y ocasiona daños a las personas que dependen económicamente del trabajador fallecido. El supervisor o jefe inmediato puede ser sancionado no solo con el despido sino con la cárcel, ya que no superviso las horas que este trabajador tenia de sobretiempo, y le permitió continuar su labor.

Como

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