El Grupo De Los Tres Comercio
audon225 de Abril de 2014
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Tratado de libre comercio del grupo de los tres (g-3)
El Tratado del Grupo de los Tres (G-3), integrado por México, Colombia y Venezuela, se firmó 13 de junio de 1994 y entró en vigor el 1 de enero de 1995. El comercio entre Colombia y Venezuela seguirá rigiéndose por el acuerdo de Cartagena. (Grupo Andino).Conforme al acuerdo del Grupo de los Tres, se eliminarán totalmente los aranceles aduaneros a lo largo de un período de 10 años. Las excepciones son especialmente importantes en el sector agrícola. A diferencia de la mayoría de los acuerdos comerciales entre países de América Latina, el acuerdo del Grupo de los Tres no sólo contiene disposiciones sobre aranceles, sino que se refiere a asuntos tales como derechos de propiedad intelectual, servicios, comprasgubernamentales, e inversiones.
El tratado busca un acceso amplio y seguro a los respectivos mercados, a través de la eliminación gradual de aranceles, reconociendo los sectores sensibles de cada país. Establece disciplinas para asegurar que la aplicación de las medidas internas de protección a la salud y la vida humana, animal y vegetal, del ambiente y del consumidor, no se conviertan en obstáculos innecesarios al comercio. Igualmente fija disciplinas para evitar las prácticas desleales de comercio y contiene un mecanismo ágil para la solución de las controversias que puedan suscitarse en la relación comercial entre los países.
La inclusión de una cláusula de adhesión dentro del tratado, se permite la integración a este instrumento comercial de otras naciones latinoamericanas.
2. Antecedentes históricos del grupo de los tres
Tuvo sus inicios en el Grupo contadora y la Comunidad Europea que decidieron crear el G-3:
En Octubre de 1.989 ocurrió la primera reunión de Río, México, Colombia y Venezuela acordaron acelerar la integración económica y armonización de sus políticas macroeconómicas.
En 1.990 se define la creación de una zona de libre comercio por parte de los tres países, la firma del tratado se había previsto inicialmente, para Enero de 1.994, pero se postergo varias veces hasta realizarse en Junio 20 de 1.994, dentro del marco de la cuarta cumbre Iberoamericana de Cartagena.
Empezó a regir el 1 de Enero de 1.995. El grupo de los tres concluyó el 12 de Mayo de 1.994 un acuerdo de libre comercio que entró en vigencia el 1 de Enero de 1.995.
. Comercio de bienes
Acceso a Mercados
• Trato no discriminatorio.
• Prohibición de elevar o adoptar nuevos aranceles.
• Prohibición y eliminación de barreras no arancelarias, excepto bienes usados, petróleo y prolíferos.
• Eliminación inmediata de aranceles a más del 40% de las exportaciones a Colombia.
• Desgravación gradual, quedando libre de arancel todo el universo de productos a partir del 1º de julio de 2004.
• Aceleración de desgravación arancelaria de productos como: plomo refinado, aleaciones de plomo, cinc y sus aleaciones, partes de máquinas para lavar ropa, óxido de magnesio, magnesia electrofundida y sulfato de disodio, acordada entre México y Venezuela desde 1997.
Reglas de origen y procedimientos aduaneros
• Eliminación de aranceles aplicada a bienes producidos en su totalidad en la región; bienes cuyos materiales cumplan con un cambio arancelario y bienes que cumplan con un requisito de contenido regional. El requisito de valor de contenido regional es de 55% bajo el método de valor de transacción, salvo para químicos, metalmecánica, maquinaria y equipo yelectrónica que es del 50%.
• Establecimiento de un Comité de Integración Regional de Insumos para las reglas especificas de origen de los sectores químico y plástico, textil, cobre y aluminio. Asimismo, se crea un grupo de trabajo de reglas de origen para asegurar la efectiva implementación y administración de las reglas de origen en el Tratado.
Establecimiento de un grupo de trabajo de procedimientos aduanales para la interpretación, aplicación y administración de las
Sector industrial y normas técnicas
• Excepción en el sector automotriz en relación al plazo largo de desgravación arancelaria, iniciando a partir de 1997; quedando libre de aranceles para el año 2007.
• Creación de un Comité del sector automotriz, integrado por representantes de las partes y asesorado por representantes del sector privado, encargados de revisar la operación del sector.
• Incorporación de disciplinas y principios generales para la elaboración y aplicación de normas y procesos de certificación de bienes y servicios incluyendo disposiciones sobre metrología y etiquetado. Las medidas de normalización y metrología se aplican conforme a los principios de trato nacional y no discriminatorio, buscando una convergencia hacia las normas internacionales.
• Convenio de disciplinas que hacen transparente el proceso de normalización en la región.
• Aplicación de disposiciones, guias o recomendaciones de los Acuerdos Internacionales pertinentes.
• Búsqueda en desarrollar etiquetaduras comunes.
• Establecimiento de un Comité como Foro de Consulta para solución de problemas y promover la compatibilización de medidas de normalización y un subcomité especializado que administrará compromisos especiales para protección de la salud y seguridad humana, animal y vegetal y medio ambiente.
Sector agropecuario y medidas sanitarias y fitozanitarias
• Desgravación general para el 2004, incluyéndose lista de excepciones temporales, revisada anualmente.
• Salvaguarda especial tipo arancel-cuota México-Venezuela durante 10 años para productos como: pepino, pepinillo, pimiento, ajo fresco, aguacate, naranja fresca o seca; mango y guayaba; preparaciones para sopa, cerveza, ron y harinas de carne.
• Creación de un comité de comercio agropecuario integrado por representantes de las partes, encargado de revisar la operación del sector.
• Prohibición de subsidios a la exportación al termino de la desgravación arancelaria de productos agropecuarios.
• Disminución o eliminación de apoyos internos sobre el comercio o producción agropecuario.
• Creación de un comité de análisis azucarero para definir un acuerdo entre los tres países respecto al comercio de azúcar.
• Uso de normas internacionales como base para la elaboración, adopción y aplicación de medidas.
• Creación de un comité para la promoción de cooperación técnica, contribución al mejoramiento de condiciones fitozoosanitarias y emisión de recomendaciones expeditas a problemas específicos.
4. Comercio de servicios e inversión
Servicios
• Existencia de principios básicos como: trato nacional, trato de nación más favorecida y la no obligatoriedad de establecimiento como requisito para la operación de empresas prestadoras de servicios.
• Acceso y uso de sistemas de distribución y transporte.
• Acceso y uso de redes y servicios públicos de telecomunicaciones; se incluyen los servicios de valor agregado, uso de redes y servicios públicos de transporte de telecomunicaciones. Se intercambia información tecnológica, en el desarrollo de los recursos humanos del sector e instrumentación de programas de intercambio empresarial, académico y gubernamental. Asimismo, se permiten monopolios para proveer redes y servicios públicos de telecomunicaciones.
• Exclusión de funciones gubernamentales, servicios aéreos comerciales y servicios financieros.
• Reconocimiento de otorgamiento y reconocimiento de certificados y licencias para el ejercicio profesional; a partir del 1º de enero de 2000 se eliminan los requisitos de nacionalidad y residencia permanente para el reconocimiento mutuo de certificados y licencias.
• Libre acceso a las cargas de cualquier naturaleza, transportadas por vía marítima a través de los buques de bandera nacional, de los operadores, fletados o arrendados por sus empresas navieras, quedando eliminada la reserva de carga; en cuanto al servicio aéreo tendrá mecanismos para la apertura bilateral.
• Entrada temporal de personas de negocios, establecimiento de padrones de empresas que solicitaran la entrada temporal de personas.
• Creación de un grupo de trabajo de entrada temporal para la elaboración de medidas que faciliten dicha entrada.
Inversión
• Seguridad y certidumbre a los inversionistas y sus inversiones.
• Inclusión de una definición amplia de inversión, abarcando los temas de propiedad intelectual, prestamos, reinversiones y, en general toda transferencia de recursos, así como al inversionista potencial.
• Existencia de garantías jurídicas para el trato nacional, trato de nación más favorecida, libertad de trasferencias y expropiación.
• Liberalización progresiva y gradual de toda restricción o reserva financiera, permitiendo a inversionistas, establecer instituciones financieras mediante cualquiera de las modalidades de establecimiento, incluyendo la adquisición de acciones de instituciones existentes, apertura de sucursales y constitución de nuevas instituciones, partiendo del principio de trato nacional.
• Establecimiento de un comité de servicios financieros para la evaluación del funcionamiento del Tratado en este rubro.
Aspectos institucionales
Solución de Controversias
• Resolución de controversias conforme a procedimientos establecidos en el GATT o por lo dispuesto en el Tratado.
Realización de consultas a petición de parte buscdo un acuerdo, como primera instancia; ante la Comisión
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