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Introduccion Al Estudio Del Derecho Tema I EL PROBLEMA DE LA NOCIÓN DEL DERECHO


Enviado por   •  22 de Octubre de 2012  •  2.428 Palabras (10 Páginas)  •  1.828 Visitas

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EL PROBLEMA DE LA NOCIÓN DEL DERECHO

1.1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

El problema radica en conocer la verdadera noción del Derecho.

1.2. LA NOCIÓN DEL DERECHO

La noción del derecho es una noción filosófica y cada sistema filosófico tiene su correspondiente noción del derecho

1.3. ETIMOLOGÍA DE LA PALABRA DERECHO

Etimológicamente la palabra Derecho deriva del vocablo latino directum que, en su sentido figurado, significa lo que está conforme a la regla, a la ley, a la norma

1.4. DIVERSOS SENTIDOS DE LA PALABRA DERECHO

El Derecho pose diversos sentidos ya que es análogo, es decir, se aplica en sentido distinto pero desde un punto de vista semejante.

Se plantean cuatro sentidos en que se usa la palabra Derecho:

a) Derecho como facultad.

b) Derecho como ciencia.

c) Derecho como ideal ético o moral de justicia.

d) Derecho como norma o sistema de normas.

1.4.1. EL DERECHO COMO FACULTAD

Derecho subjetivo por atender al sujeto que tiene la facultad o el poder (derecho), bajo la protección de la ley, de usar y disponer libremente y con exclusión de los demás.

1.4.2. EL DERECHO COMO CIENCIA

Tiene por objeto el estudio de los derechos subjetivos y el de los objetivos.

Estudia las normas jurídicas, las facultades o derechos subjetivos se funda en normas jurídicas.

1.4.3. EL DERECHO COMO IDEAL DE JUSTICIA.

Es un derecho objetivo, puesto que norma la conducta de los hombres en sus relaciones sociales.

1.4.4. EL DERECHO COMO NORMA O SISTEMA DE NORMA

Derecho objetivo, considerado en si mismo, como objeto de estudio, independientemente del o de los sujetos en que recae su imperio.

1.4.4.1. NORMAS JURÍDICAS Y SUS CARACTERISTICAS.- Conjunto de mandatos que se aplican exclusivamente a las relaciones del hombre que vive en sociedad.

Las características de la norma son: bilaterales o imperativo-atributivas, exteriores, coercibles y heterónomas. Bilaterales, significa que una obligación jurídica a cargo de determinada persona trae aparejado un derecho a favor de otra persona para exigir el cumplimiento de la misma; Exteriores, significa que exigen una conducta fundamentalmente externa. Sin embargo, también es cierto que en muchos casos atribuyen consecuencias jurídicas a los aspectos íntimos del comportamiento individual; Coercibles, porque si no son cumplidas voluntariamente por los obligados, puede el Estado exigir su cumplimiento, incluso por la fuerza; Heterónoma, por que el creador de la norma es un ente distinto del destinatario de la misma, y ésta le obliga aun cuando no sea reconocida por dicho destinatario.

1.4.4.2. NORMAS SOCIALES.- Nos permiten desarrollar una vida social más amena y cordial (cortesía) o bien, conducirnos conforme a ciertas reglas establecidas para circunstancias y momentos determinados, las sanción por no respetar estas reglas es que la sociedad nos margina, pero esta sanción no tiene las características señaladas en el caso de las normas jurídicas, por eso los convencionalismos sociales son reglas de conducta exterior, incoercibles, heterónomas y unilaterales.

1.4.4.3. NORMAS MORALES.- Disposiciones que tienen como características la unilateralidad porque frente al sujeto a quien obligan no hay otro autorizado para exigirle el cumplimiento de sus deberes; o sea que las normas morales imponen deberes, pero no conceden derechos; son internas, significa que las mismas han de cumplirse por el individuo únicamente con el propósito de acatar dichas normas; son incoercibles porque su cumplimiento es espontáneo; son autónomas cada quien se auto legisla.

1.5. LA OBLIGATORIEDAD DEL DERECHO OBJETIVO

Obligatoriedad del derecho objetivo

El derecho objetivo, puede ser escrito o consuetudinario. El primero aquel cuyas disposiciones han sido redactadas en documentos escritos debidamente promulgados por la autoridad competente. El Derecho consuetudinario es aquel cuyas normas están constituidas en las costumbres jurídicas de un país determinado.

El derecho escrito o consuetudinario no tiene validez legal a menos que sea promulgado por la autoridad competente.

1.6. DIVERSAS CLASES DE DERECHO OBJETIVO

DERECHO PÚBLICO Y DERECHO PRIVADO:

* DERECHO PÚBLICO: Esta compuesto por el conjunto de normas jurídicas que regulan la actuación de los individuos frente al estado, así como las relaciones de los estados, como entidades soberanas entre si.

El derecho público se subdivide en las siguientes ramas:

DERECHO CONSTITUCIONAL: (Que es el Derecho Político). Conjunto de normas que regulan la estructura de la administración. Pública, así como el funcionamiento de los órganos políticos supremos, establece también la situación del ciudadano frente al estado, además señala la forma de gobierno.

DERECHO PENAL: Conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevención de la criminalidad.

DERECHO PROCESAL: Conjunto de normas jurídicas que regulan los procedimientos que deben seguirse para hacer posible la aplicación del derecho.

DERECHO ADMINISTRATIVO: Es la rama del derecho publico que se ocupa de regular el funcionamiento de los órganos ejecutivos del estado y la prestación de los servicios públicos.

DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO: Conjunto de normas que rigen las relaciones de los estados entre si señalándoles además sus deberes y derechos recíprocos.

* DERECHO PRIVADO: Lo componen todas aquellas normas jurídicas que regulan las relaciones de los individuos en su carácter particular, establece las situaciones jurídicas de los particulares y sus relaciones reciprocas y se subdivide en las siguientes ramas:

DERECHO CIVIL: Es un conjunto de normas que rigen las relaciones de los particulares

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