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Las Fuentes Del Derecho Laboral


Enviado por   •  3 de Febrero de 2012  •  1.425 Palabras (6 Páginas)  •  3.316 Visitas

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Las Fuentes del Derecho Laboral

Se denomina fuente al Principio, fundamento u origen de algo, en este caso nos referimos a los fundamentos del derecho laboral o derecho de trabajo.

Tributan en principio, pues, en la formación del Derecho del Trabajo las fuentes generales o clásicas. Pero por la naturaleza misma del Derecho Laboral el estudio de sus fuentes tiene un carácter práctico más inmediato: buscar de dónde provienen las reglas aplicables a las relaciones a que da lugar la propia existencia del Derecho del Trabajo. En efecto, nos encontramos frente a una rama nueva en formación inspirada en principios totalmente opuestos a los que informan al Derecho clásico, protectora, foral y en su generalidad conteniendo mandatos de orden público. Bajo estos respectos, el Derecho de trabajo reconoce fuentes diversas y de orden original.

Clasificación de las Fuentes

Podemos clasificar las fuentes dependiendo si estamos hablando del orden interno (Nacional) o externo (Internacional).

En el orden interno tenemos las siguientes:

Directas: usos, costumbres, leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas municipales, edictos de policía, reglamentos de higiene y seguridad.

Indirectas: jurisprudencia judicial o administrativa, los contratos colectivos, reglamentos de fábrica o taller, doctrina de los autores, principios generales del Derecho, justicia, social, moral, equidad.

En el orden internacional constituyen fuentes directa los tratados bi o plurilaterales.

La Constitución

En las constituciones se contemplan las garantías y libertades que tienen los individuos, y la protección de que gozan frente al Estado. En ellas han comenzado a incorporarse derechos sociales que regulan garantías mínimas asegurables para los trabajadores, y frente a sus empleadores. Es así como empiezan a aparecer, en los textos constitucionales, principios y derechos laborales que adquieren el rango normativo máximo: el constitucional. En nuestra constitución el derecho a la libertad de trabajo está contemplada en el artículo 62

El Código de Trabajo

La Ley 16-92 de fecha 29 de mayo de 1992, mejor conocida como Código de Trabajo es la que regula todos los asuntos relacionados con el trabajo en la República Dominicana desde la definición del contrato de trabajo, sus modalidades, las regulaciones tanto oficial como privada de las condiciones de los diferentes tipos de contrato de trabajo, hasta los procedimientos de aplicación de la ley tanto de parte de las autoridades administrativas como las de los tribunales, conjuntamente con el Reglamento para la Aplicación de este Código.

Las leyes adjetivas

En algunos ordenamientos, existen leyes ordinarias especiales que rigen la materia laboral, como una ampliación de la normativa general encontrada en los códigos civiles o los códigos de trabajo.

También existen leyes que su naturaleza, vienen a añadirse a la legislación laboral en temas particulares y muy específicos o que bien vienen a suplir algunas cuestiones no contempladas directamente en el código de trabajo.

Los Reglamentos y Resoluciones

Los reglamentos de ejecución de las leyes laborales, dictados por el poder ejecutivo, se aplican en el derecho laboral dentro de los límites permitidos por la Constitución y las mismas leyes.

La Jurisprudencia

En Derecho del Trabajo, la jurisprudencia puede emanar tanto de la judicatura especial, como de organismos que ha semejanza de la Inspeccion del Trabajo tienen funciones tutelares que cumplir.

Su misión es más bien dar mayor realce a la aplicación concreta de las fuentes del Derecho. Judicial y administrativa la jurisprudencia, como fuente indirecta, ocupa un lugar destacado entre todas ellas. Es verdad que los jueces no crean Derecho, pues únicamente se dedican a la interpretación en los casos concretos que le son sometidos, pero como no pueden negarse a juzgar por obscura o insuficiente que sea la ley, tienen la facultad de aplicar las leyes análogas o los principios generales del Derecho, llenando así una misión supletoria. Cuando por una serie de fallos sucesivos se obtiene una interpretación uniforme, la jurisprudencia recibe una aplicación tan firme como la misma ley. La jurisprudencia que se ha formado alrededor del Derecho Del Trabajo es, desde un doble punto de vista, una fuente de este Derecho.

Los Convenios

Convenios Individuales. Debe entenderse por contrato de trabajo la convención en que el patrón o empleador y el obrero o empleado se obligan recíprocamente, éstos a ejecutar cualquier labor o servicio material o intelectual, y aquéllos a pagar por esta labor o servicio una remuneración determinada.

En el Derecho del Trabajo, el contrato no solo es fuente de obligaciones, sino fuente también del Derecho Laboral y en su expresión más tangible: fuente para la aplicación misma Del Derecho a un caso concreto.

Convenios Colectivos. Como el contrato individual, es también fuente que concreta y directamente crea un Derecho.

En atención a los elementos legales que lo forman se le acostumbra definir como aquel que celebra un Sindicato legalmente constituido con un patrón o empleador o con una asociación de patrones o empleadores y que tienen por objeto la estipulación de cláusulas uniformes para el cumplimiento de las mutuas prestaciones. Corresponde

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