¿Qué es el Derecho Tributario?
Nicolas JamesTarea7 de Enero de 2022
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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
CARRERA DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS
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Curso: AE2-3
Docente: Washington Wladimir Casamen Taco
Estudiante: Nicolas James Guerra García
Trabajo N° 3
Asignatura: Derecho Empresarial
Fecha de Entrega: 13/8/2021
Trabajo 1
- Estudie ¿Qué es el Derecho Tributario?; escriba en cuatro líneas criterio personal al respecto.
Concepto y análisis
El Derecho Tributario está presente en nuestro entorno diario, hace referencia a la generación de un tributo que permitirá al Estado recibir ingresos. Todo acompañado de una política económica que estimule la inversión, el ahorro y destinado a fines productivos y de desarrollo nacional. Se fundamenta en la Constitución de la República del Ecuador, y se regula a través del Código Tributario (VILLAMIL, 1995)
- Estudie ¿Cuáles son las Fuentes del Derecho Tributario?; exprese un comentario.
Las fuentes del derecho tributario según el Código Orgánico Tributario son las siguientes:
- Las disposiciones constitucionales.
- Los tratados, convenios o acuerdo internacionales celebrados por la República.
- Las leyes y los actos con fuerza de ley.
- Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos nacionales, estatales y municipales.
- Las reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general establecidas por los órganos administrativos facultados al efecto
Se considera como fuentes del derecho: La Constitución Política, la ley, el tratado internacional, el decreto con fuerza de ley, el decreto ley, el reglamento, la ordenanza, la instrucción, la jurisprudencia, la costumbre y la doctrina jurídica.
- Investigue ¿Qué son los Tributos; sus características y fines?, exprese su opinión al respecto
Los tributos son gastos obligatorios que tienen que hacer las familias y las empresas para cubrir los gastos públicos, redistribuir la renta y actuar sobre la economía. Son ingresos ordinarios, pues se perciben con regularidad, son prestaciones coactivas, es decir, con capacidad para apremiar u obligar, sólo pueden establecerse en virtud de ley, gravan la capacidad económica, se destinan a cubrir los gastos generales del Estado, sirven como instrumento de política económica y para procurar una mejor distribución de la renta nacional. El estudio de los tributos no sólo es importante para aquellos interesados en sus finanzas personales, sino que también sirve para entender muchas de las decisiones que se toman desde el ente público ya que su financiación depende casi exclusivamente de lo que recauda con los tributos. Además, entender el tipo de tributo que estamos pagando nos ayuda a la hora de saber por qué se nos está cobrando y cuanto debe ser el pago.
- Estudie y Analice cada uno de los Principios Tributarios; escriba un comentario individual de estos principios.
Los principios según el artículo 300 de la Constitución de la República del Ecuador determina que el régimen tributario se regirá por los principios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria (Aguiar., 2020)
- Principio de generalidad
este principio debe ser aplicados a todas las personas, nacionales o extranjeras, para hacer nacer en ellos el hecho generador de la obligación tributaria y con ello ese deber de pagar o contribuir
- Principio de progresividad
exige más a quien posee mayor riqueza en relación con quien posee menos, tal hecho sostiene el autor, evidencia la “justicia de la progresividad” pues según la distinta potencialidad económica
- Principio de eficiencia
implica aquellos postulados que se asumen como limitadores u orientadores de las decisiones estatales en cuanto a la adopción de determinados impuestos y su configuración
- Principio de simplicidad administrativa
el sistema tributario debe ser productivo, y sobre todo compatible con la renta nacional y con las ideas de justicia de cada época.
- Principio de irretroactividad
punto de partida para determinar la irretroactividad de la ley se encuentra en la realización del hecho generador en relación con su vigencia, de tal forma que solo podrán generarse efectos jurídicos conforme a lo dispuesto en la norma tributaria
- Principio de equidad
Es de gran trascendencia y el que más vinculado está con el ejercicio racional del poder tributario, en virtud de este principio es el Estado en el ejercicio de su soberanía para establecer tributos debiendo tomar en consideración el contexto social
- Principio de transparencia
evidencia la transparencia de la actividad de la Administración garantizando las actuaciones de la misma
- Principio de suficiencia recaudatoria
Deben ser suficientes para financiar el gasto público sin necesidad de recurrir a más impuestos u otras fuentes de financiamiento estatal, una adecuada recaudación de ingresos que permitan cubrir los gastos públicos
Comentario:
En mi opinión se sabe que los derechos como contribuyentes no se cumplen o se cumplen a medias. Tal es el caso que el objetivo de estos principios a más de la recaudación de impuestos es el suministrar información del destino de éstos, por ello se deberían crear mecanismos de información claros, para que todos sepan a donde van a parar los valores que por impuestos pagamos y ver si realmente se cumple con los objetivos propuestos por la administración tributaria, es decir calificar el gasto público.
Además, que los Principios de Generalidad, Progresividad, Eficiencia, Irretroactividad, Equidad, Transparencia, Proporcionalidad, No Confiscatoria y Proporcionalidad, no son principios constitucionales sino principios o criterios administrativos. Los cuales en su mayoría no se encuentran dentro de la Constitución Política sino en la misión y visión de las distintas administraciones.
- Dentro de la Clasificación de los Tributos, analice los Impuestos, Tasas y Contribuciones Especiales; Exponga un comentario de cada tema tratado.
Clasificación y comentario
Clasificación de los tributos según (Aguirre, 2009)
- Impuestos:
son pagos que se hacen a la administración pública sin que haya ninguna actividad por parte de la misma, sino por algo que hace el contribuyente. Ejemplo: el IVA.
- Tasas:
son pagos desde las familias y las empresas a la administración pública para una actividad que previamente ha sido solicitada por el contribuyente. Ejemplo: cuando un estudiante paga su matrícula para la universidad.
- Contribuciones:
son pagos que se realizan a la administración pública por una actividad que realiza la misma, pero que no ha sido solicitada por el contribuyente. Ejemplo: se construye una obra pública como pueda ser una parada de metro que revalorice un terreno
- Dentro de las Formas de Extinguir un Obligación Tributaria, analice La Solución o Pago; La Compensación y la Confusión; Expresar un criterio de cada una.
- La Solución o Pago: es la mejor forma de liquidar una obligación tributaria, siendo la manera tributaria tradicional y de mayor rapidez. Consiste en el cumplimiento de la obligación por parte del deudor en conformidad a lo acordado, esto en la forma y tiempo oportunos. Las formas de pago pueden ser: por abonos, por consignación, por pago bajo protesta y por pago a cuenta.
- La confusión: es la unión en una misma persona como deudor y acreedor, por lo que se extingue la obligación tributaria. Como por ejemplo el Estado que reúne las calidades de deudor y acreedor, dando como resultado que no se presentan tributos a pagar.
- La compensación: es un modo de extinción simultánea, en donde hay dos obligaciones diferentes entre dos personas que igualmente son acreedores y deudores. Es posible compensar los créditos tributarios ante la SAT, con los créditos líquidos y exigibles que tiene el contribuyente.
- Analice ¿Cuál es la Competencia de la Administración Tributaria?; Formule un comentario al respecto.
La dirección de la administración tributaria corresponde en el ámbito nacional, al presidente de la República, quien la ejercerá a través de los organismos que la ley establezca. En materia aduanera se estará a lo dispuesto en la ley de la materia y en las demás normativas aplicables.
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