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Asesoria laboral


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2019  •  Ensayos  •  1.300 Palabras (6 Páginas)  •  133 Visitas

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TRABAJO FINAL

Empresario individual autónomo

Es un empresario individual que factura directamente con su NIF como persona natural. La actividad profesional esta regulada por el código de comercio en materia mercantil y por el código civil Ley 20/2007 de 11 de julio del Estatuto de Trabajo Autónomo.

Principales características:

Control de toda la empresa y dirección.

No hay diferencia entre patrimonio mercantil y civil.

El empresario tiene toda la voluntad del capital de la empresa.

La persona jurídica es la misma que el titular.

Autoridad laboral

se debe iniciar antes de comenzar las actividades laborales, para esto es necesario la casilla 111alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores) será necesario marcar ya que se está dando el inicio de una actividad laboral para el inicio de nuevas actividades la casilla 127.

Fuente: Agencia tributaria.

Formularios:

“El modelo 037 de declaración censal simplificada consta de tres páginas y podrá ser utilizado para solicitar el alta (casilla 111) en el censo de empresarios, profesionales y retenedores por aquellas personas físicas.”

El modelo 036 que es por cualquier obligado tributario que deba cumplir con la obligación tributaria. (Ministerio de Industria, Comercio y Turismo). Ambos modelos se pueden realizar por vía electrónica o por internet y son obligatorios.

Alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA): este régimen se trata de regular y cotizar la seguridad nacional de los trabajadores autónomos con un plazo de 30 días naturales y es obligatorio.

Fuente: Ministerio de trabajo migraciones y seguridad social.

Es necesario rellenar este apartado, ya que es la primera vez que se realiza la domiciliación.

Fuente: Ministerio de trabajo migraciones y seguridad social.

Legalización del Libro Diario y del Libro de Inventarios y Cuentas Anuales: Los empresarios autónomos están en la obligación de llevar su contabilidad en un libro diario y un libro de inventarios y cuentas anuales. La legalización de los libros se tiene que hacer dentro de los cuatro meses después del cierre del ejercicio social. Es necesario la instalación del depósito digital de cuentas anuales (D2). Válido para ejercicios iniciados a partir del 1/1/2018.

Obtención de un certificado electrónico: No es obligatorio, pero sin embargo se realizará con el de que se pueda firmar electrónicamente, por lo tanto no tiene ningún plazo.

Tramites según la actividad

Licencia de actividad: para iniciar la actividad de la empresa es necesario presentar la licencia de acuerdo a la empresa en el ayuntamiento del municipio, para esto es necesario el DNI electrónico o certificado digital para firmar tus trámites.

Licencia de Funcionamiento: permite la autorización de las instalaciones y edificios de la empresa con el fin de regular condiciones urbanísticas, ambientales y seguridad de un destino específico, al igual que las correctas medidas sanitarias.

Este trámite se realiza mediante cl@ve es un sistema electrónico que permite registrarse e identificarse en las relaciones con las administraciones públicas.

Inscripción en otros organismos oficiales y/o registros: Para el Sr. David Ortega no será obligatorio está inscripción debido a la actividad de la empresa que se desarrollará.

Trámites en caso de contratar trabajadores

Se debe solicitar la inscripción de la empresa en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), después de esto el empresario recibirá un número que es el Código de Cuenta de Cotización Principal (CCC), además de esto es necesario solicitar un Código de Cuenta de Cotización (Modelo TA.7) en cada una de las provincias donde ejerza actividad y cuando sea necesario identificar colectivos de trabajadores con peculiaridades de cotización. Estos trámites serán necesarios realizarse antes de la contratación de los trabajadores.

Fuente: Ministro de empleo y seguridad social.

Afiliación de trabajadores: El empresario deberá solicitar un número de afiliación de sus trabajadores para solicitar la afiliación al Sistema de la Seguridad Social de quienes no estando afiliados ingresen a su servicio. Es obligatorio y se deberá de pedir antes de iniciar la actividad económica si no disponen de ello sesenta días naturales anteriores al inicio de la prestación.

Fuente: Ministerio de empleo y seguridad social.

Alta de los trabajadores en el Régimen de la Seguridad Social: este régimen mantiene relación jurídica con la Seguridad

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