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Enviado por   •  13 de Marzo de 2013  •  2.444 Palabras (10 Páginas)  •  424 Visitas

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Curso Administración y Recuperación de la Cartera de Créditos

Semana 6: Normatividad estatal para el control de la cartera.

Material de Apoyo

Documento de Apoyo compilado por Isaías Velasco Instructor CSF SENA Regional Distrito Capital

ANEXO CARTA CIRCULAR 31 DE 2002

LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA ADECUADA ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO CREDITICIO

Siguiendo los principios y criterios establecidos en el Capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera, en este anexo se establecen lineamientos generales para la administración del riesgo crediticio en el portafolio de créditos de las entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria. Se hace énfasis, entre otros aspectos, en la necesidad de: tener unas políticas claras y una estructura institucional adecuada para controlar y administrar el riesgo de crédito; desarrollar metodologías y bases de datos idóneas que permitan medir con una frecuencia adecuada las pérdidas esperadas derivadas del mismo; diseñar e implementar sistemas para minimizar dichas pérdidas en caso de incumplimiento de las contrapartes y desarrollar planes de contingencia para eventos catastróficos.

1. COMPONENTES BÁSICOS DE UN SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGO CRÉDITICIO (SARC)

El sistema de administración del riesgo crediticio (SARC) en una entidad financiera debe contar al menos con los componentes básicos que se presentan en la Figura 1; estos son: unas políticas claras de administración de riesgos, una estructura organizacional adecuada, unas metodologías y procesos apropiados para la gestión de riesgos, una infraestructura y capital humano idóneos, así como un proceso de auditoría general.

1.1 POLÍTICAS Y ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

La definición de una política clara de administración de riesgo por parte de la Junta Directiva de la entidad, constituye la columna vertebral del sistema general de administración de riesgo crediticio. Esta política debe reflejar el nivel de tolerancia frente al riesgo dado el nivel de rentabilidad esperado, generando límites para las distintas exposiciones del portafolio de crédito, acordes con el capital de respaldo. Así mismo, la Junta debe garantizar o exigir a la administración de la entidad la asignación adecuada de tiempo y recursos físicos y humanos para el cumplimiento de esta política, así como reportes periódicos sobre los niveles de exposición, las implicaciones de los mismos y las actividades relevantes para su mitigación y/o gestión. Los componentes básicos de la política de administración de riesgos se presentan a continuación:

FIGURA 1

SISTEMA PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO CREDITICIO

1.1.1 Política de exposición y límites

Las entidades financieras, en cabeza de sus juntas directivas, deben generar una política de exposición y límites para el portafolio crediticio acorde con el capital de respaldo de la entidad, al igual que con el nivel de rentabilidad esperado bajo distintos escenarios. Esta política debe definir el nivel de exposición inicial y potencial para cada crédito o grupo de éstos, así como los límites de adjudicación y concentración por deudor, sector económico o grupo económico.

1.1.2 Política de otorgamiento de crédito

Las entidades financieras deben contar con una política de otorgamiento de crédito consistente con su política de exposición y límites, en la cual se determinen las características básicas de los sujetos de crédito y los niveles de tolerancia frente al riesgo potencial de cada uno de ellos. Esta política debe discriminar claramente entre los potenciales clientes de la entidad, para determinar los sujetos de crédito de la misma y los niveles de adjudicación para cada uno de ellos, tomando en cuenta la historia crediticia de la entidad.

1.1.3 Política de constitución de provisiones

La institución debe definir las políticas de constitución de provisiones generales e individuales necesarias para absorber las pérdidas esperadas derivadas de la exposición crediticia de la entidad y estimadas mediante las metodologías y análisis desarrollados en el SARC.

Estas provisiones deben ser consistentes con la política de riesgo de la entidad y deben estar en capacidad de subsanar con un nivel de confianza determinado los eventos de incumplimiento por parte de los sujetos de riesgo elegidos por la entidad.

Es necesario que las políticas de provisiones consideren explícitamente ajustes contra-ciclícos, de tal manera que en los periodos de alto crecimiento y alta valorización de activos se constituyan mayores provisiones que en coyunturas normales. Estos ajustes pueden hacerse vía provisiones individuales y/o provisiones generales.

1.1.4 Política de estimación de capital económico

Se entiende por capital económico la estimación del nivel de patrimonio necesario para absorber las pérdidas no esperadas de la entidad. Es deseable que las entidades inicien un proceso de estimación de este capital con metodologías internas si bien todavía no es exigencia regulatoria.

1.1.5 Política de recuperación

Las entidades financieras deben desarrollar unas políticas y procedimientos que les permitan tomar las medidas pertinentes en el momento de enfrentar incumplimientos de contrapartes. Estas políticas y procedimientos deben garantizar una gestión que permita minimizar las pérdidas en el tiempo a causa del incumplimiento.

Estas políticas deben ser diseñadas con base en la historia de recuperaciones y las variables críticas que determinan la minimización de las pérdidas. La información sobre los resultados de estas políticas debe ser almacenada como insumo para el refinamiento de los modelos desarrollados para el seguimiento y estimación de perdidas.

1.1.6 Estructura Organizacional

Para la óptima administración del riesgo crediticio las entidades deben propender por el desarrollo de una estructura organizacional que permita establecer un ambiente apropiado. Dentro de esta

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