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LA Familia En El Derecho Romano


Enviado por   •  22 de Marzo de 2013  •  1.312 Palabras (6 Páginas)  •  1.047 Visitas

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La Familia en el Derecho Romano

La familia romana era una institución de la antigua Roma, presente en el ámbito social y jurídico, que estaba compuesta por todos los que vivían bajo la autoridad del cabeza de familia o pater familias, incluidos los esclavos. Familia es una palabra emparentada con famuli ("los criados") y los comprende a ellos también.

En el derecho romano se tenían cuatro significados para la familia: agnaticia, cognaticia, gentilicia y por afinidad.

Familia agnaticia

Se entendía por familia agnaticia al conjunto de personas bajo la misma potestad doméstica, o que lo estarían si el común pater no hubiese muerto, por línea de varón (hasta el sexto grado). Así forman parte de la familia agnaticia de un individuo bajo la potestad de su abuelo (avus): su padre (pater), su tío paterno (patruus), su hermano (frates), su hijo (filius) y su primer hijo de su tío paterno (frater patruelis o patruelis) así como el hijo de éste (nepos ex patruelis) o su propio nieto (nepos), así mismo todos los varones adoptados por el pater familias. La muerte del ascendiente no implica la disolución del vínculo hasta el sexto grado.

Familia cognaticia

Se entendía por familia cognaticia al parentesco por consanguinidad natural. Es decir, las personas vinculadas por la procreación y el nacimiento.

Se compone de un tronco común y dos líneas:

Línea recta: Aquellos que descienden unos de otros. Puede ser ascendente o descendente. Por ejemplo: padre, hijo, nieto, bisnieto, etc.

Línea colateral: Aquellos que no descienden unos de otros pero tienen un tronco común. Por ejemplo: hermanos.

Familia gentilicia

Se entendía por familia gentilicia el conjunto de personas que tenían en común la misma base que la familia agnaticia, es decir, la gens. Sin embargo, se consideran grados más lejanos, con la condición de que los involucrados se sientan parientes.

Familia por afinidad

Se entendía por familia por afinidad aquella compuesta por uno de los cónyuges y los agnados o cognados del otro.

Para contar los grados, se cuenta como si un cónyuge ocupara el lugar del otro en su familia.

La mujer en la familia romana

A diferencia de los griegos, que tenían a sus mujeres en las casas y si tenían tiempo libre, no lo pasaban en familia, los romanos sintieron un atractivo grande por la vida doméstica. La mujer aparece como compañera y cooperadora del hombre romano, está a su lado en los banquetes, comparte con él la autoridad sobre los hijos y criados y participa también de la dignidad que tiene su marido en la vida pública. Pero esta libertad no impide que sea austera y reservada, especialmente en la época republicana; incluso en el banquete, la mujer estaba sentada, no recostada, y no bebía vino sino mulsum (vino con miel); en cualquier caso, está siempre en un segundo plano y así no participa en la vida pública, en la política, en la literatura, ni puede ser cabeza de familia e incluso los nombres de oficios de la primera declinación son masculinos.

La educación femenina era prudentemente liberal. En la época infantil niños y niñas se criaban juntos; las escuelas elementales también eran mixtas. Terminados los estudios primarios, las chicas de buena familia continuaban instruyéndose privadamente en el conocimiento de la literatura latina y griega; al mismo tiempo aprendían a tocar la lira, a bailar y a cantar. Esta educación intelectual no impedía que la mujer hiciese determinadas labores: vigilaba y dirigía a las esclavas, atendía los trabajos más delicados, bordaba, etc. Aparte de esto, la mujer no tenía derechos ni podía ser cabeza de familia

El matrimonio en la Antigua Roma

Para cualquier romano normal el pragmatismo era parte de su forma de pensar, de manera que el matrimonio no se escapaba de esta costumbre utilitarista.

Los romanos, institucionalmente monógamos, concibieron las relaciones sexuales continuadas, con voluntad de convivencia y de vida en común, como un contrato, ya no entre dos personas, sino entre dos familias.

Para empezar, en el derecho romano clásico, para contraer matrimonio era necesario que ambos contrayentes ostentaran la ciudadanía

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