ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

TEMA 1. EL DERECHO EN LA ESTRUCTURA EN EL MUNDO.


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2016  •  Apuntes  •  1.434 Palabras (6 Páginas)  •  163 Visitas

Página 1 de 6

TEMA 1. EL DERECHO EN LA ESTRUCTURA EN EL MUNDO.

1. EL DERECHO Y SU SITUACIÓN EN EL MUNDO

Surge todo del empirismo del siglo XIX: ciencias (física, química). Se aplica al Derecho.

La palabra “estructura” forma parte de una forma de entender el Derecho, es una forma de estudiar la compleja realidad jurídica dogmática y sociologicamente, es decir, es la división en estructuras de la realidad que nos permite conocer el mundo. Esa visión estructuralista como forma de enfrentarse a la realidad del Derecho es asumida por muchos. L. Milllet en “El estructuralismo como método”, renuncia a la unidad de la esencia para buscar en otra parte una unidad supletoria., que indica como se concibe una hipótesis que considera al objeto como un sistema, para garantizar su accesos al conocimiento.

El estructuralismo es una modalidad de estudio científica que divide la realidad en estructuras es la interrelación entre el subsistema jurídico y los demás subsistemas o estructuras sociales: economía, política, cultura y social, para entender la realidad. Todas esas estructuras o subestructuras forman lo que se compone o se llama sistema social, que son las relaciones y acciones sociales y hay una conexión entre los contenidos de la regulación jurídica y las diferentes interrelaciones. Hoy la doctrina hace un análisis del Derecho a partir de su contextualización dentro de la estructura social global.

  1. 1.1. DERECHO Y ESTRUCTURA ECONÓMICA.

En el sentido la relación entre el Derecho y Economía , la economía parte de la realidad  y en cambio el derecho parte de esta realidad limitada en bienes y recursos. La estructura económica tiene una influencia decisiva en la configuración del Derecho (de algunos derechos).  

Los hechos sociales y económicos son el sustrato pre-jurídico, los “data” se encuentran en la base de cualquier problema del orden jurídico, que hay que tenerlos en cuenta para el subsistema jurídico y su elemento esencial, la norma jurídica.

Esta relación  entre el Derecho y la economía ,se puede plasmar en dos planos de estudio:

Externo                                                        Interno

El derecho regula la economía, es decir, el que  tira      El derecho y la economía van de la misma mano yo marca la economía, y se establece por                  alguien las regula, el mercado (“la mano

motivaciones económicas.   La dirige y la organiza.        invisible”).                

La aparición del Derecho y el Estado tiene un precedente en la división del trabajo, es la que impondría un modelo de organización social más complejo y conflictivo que el de las comunidades primitivas que origina y desarrolla la estructura jurídico-política. Actualmente la división de trabajo es mas imperceptible. La institución jurídicas son conjuntos o organizaciones sociales  y económicos anterior al derecho, que cumplen funciones económicas.  Como por ejemplo: la familia (que surge de lazos afectivos y económicos), la propiedad, impuestos). Cumplen fines sociales y económicos.

        - La propiedades la institución que surgió antes del derecho.

- Los impuestos en la edad media se pagaban impuestos, que son instituciones jurídicas que cumplen factores sociales pero también económicos.

Hay dos líneas que han analizado la relación entre Derecho y economía.

Marxismo:  El Estado dirige la economía. Entiende que el Derecho no puede ser nunca superior a una estructura económica, en consecuencia el Derecho sigue pero no dirige la sociedad. Es la idea de la planificación todo debe estar regulado por Derecho.

Liberalismo: El Estado no interviene y todo lo dirige la sociedad privada, los individuos. Entienden que el Derecho no puede actuar o modificar los procesos o factores económicos, en la medida que el orden económico es un producto de leyes económicas independientes que lo rigen, el interés del individuo es el punto de referencia de las relaciones y estructuras económicas.

También han venido otras vertientes de la unión del marxismo y el liberalismo, como por ejemplo el liberalismo con carácter intervencionista, social democracia, marxismo liberal,  liberalismo mixto, etc.

Actualmente se ve que el Estado dirige o interviene en buena medidas las relaciones económicas. Los hechos y relaciones económicas configuran el subsistema social llamado de adaptación, es decir, el subsistema de medios instrumentales para hacer frente a los obstáculos que se interponen para llegar a los objetivos o metas del sistema , que esta constituido por el sistema económico:Ciencia y Tecnología.

1.2. DERECHO Y SUBSISTEMA O ESTRUCTURA POLÍTICA.

Se entiende como el de la organización del poder, es decir, el poder lo tiene que ostentar “alguien”, que persigue unos objetivos, metas y fines, y por eso hay que tomar unas decisiones.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (8.6 Kb)   pdf (94.8 Kb)   docx (13.5 Kb)  
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com