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Las relaciones laborales en la empresa

Daniela SedlerResumen29 de Abril de 2021

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Apuntes de clase:

¿Qué es una empresa? Una empresa es un organismo instrumental de medios personales materiales o inmateriales ordenados bajo una dirección para el logro de fines económicos o beneficios.

Una empresa de una comunidad conformada por medio de capital y medios de trabajo.

El capitán lo aporta el empresario y la contraposición es tener una ganancia. Las empresas deben contratar trabajadores en relación de dependencia o sea personas que ponen su fuerza de trabajo a disposición participando en la actividad general de la empresa para obtener una remuneración. El producto de trabajo de estas personas es del empresario.

La Edad Media fue justa en el fruto del trabajo, el Campesino tenía derecho a producir tierra de feudales y quedarse con el producto, dándole el celular en 10%, esto se pierde con la segunda revolución industrial.

Hoy en día los trabajadores no adueñas de su trabajo, vivimos en un mundo proletariado porque la mayoría de las personas trabajan para otro y tienen una ganancia limitada.

Cuando el empresario quiere más ganancia y el empleado quiere trabajar Lo más cómodo Y con mayores beneficios posibles se genera una fricción donde recursos humanos se encarga de armonizar esta relación

Unidad I. Las relaciones laborales en la empresa

        En su ya clásica obra[1], luego de señalar que la primera tarea de la gerencia de la empresa es dirigir el negocio -función que califica de económica-, Drucker señala que también es función propia de ella convertir los recursos humanos y materiales en una empresa productiva.

        Ahora bien, resulta claro que dicha tarea, en aquello que a los recursos humanos se refiere, debe ser administrada específicamente por un área distinta del gerenciamiento de los recursos materiales, y que habitualmente -al menos en las empresas medianas y grandes, pero no siempre en las pequeñas- conlleva la existencia de un departamento específico que se encarga de distintas tareas al respecto.

        Por ello al analizar el tema de las relaciones laborales en la empresa, no puede sino comenzarse por delimitar el concepto de empresa, y su vínculo con el área habitualmente denominada “de recursos humanos”.

A. El área de RRHH, generalidades

        La única disposición que define el concepto de empresa en el derecho positivo argentino vigente no es naturaleza comercial, como podría suponerse, ni civil, ni administrativa, ni de ninguna otra rama del derecho, sino que es, curiosamente, una norma de materia laboral. En efecto, si bien circunscripto a la propia ley que la define, expresa el artículo 5° de la LCT que se entiende por empresa la organización instrumental de medios personales, materiales e inmateriales, ordenados bajo una dirección para el logro de fines económicos o benéficos, reservando la denominación de empresario para la persona que dirige la empresa por sí mismo, o a través de otras personas, y con el cual se relacionan jerárquicamente los trabajadores, independientemente de la participación que dichos empleados puedan tener en la gestión y dirección de la empresa.[2]

        No obstante ello, desde antiguo se discute acerca de la naturaleza del concepto de empresa. Y la discusión se centra, básicamente, en una cuestión esencial, cual es, si éste es jurídico o económico. Pero a fin de desentrañar dicha cuestión, conviene, en primer lugar, definirlo.

        En tal sentido, y ante todo, debe señalarse que empresa es un término análogo, que se predica en sentidos diversos, pero no de manera absoluta sino, por el contrario, relacionados entre sí. El propio Diccionario de la Lengua Española muestra y demuestra la analogía del término empresa, al dar seis definiciones de dicho término. Esas definiciones son las siguientes: i) acción ardua y dificultosa que valerosamente se comienza; ii) cierto símbolo o figura enigmática que alude a lo que se intenta conseguir o denota alguna prenda de la que se hace alarde, para cuya mayor inteligencia se añade comúnmente alguna palabra o mote; iii) intento o designio de hacer alguna cosa; iv) casa o sociedad mercantil o industrial fundada para emprender o llevar a cabo construcciones, negocios o proyectos de importancia; v) obra o designio llevado a efecto, en especial cuando en él intervienen varias personas; vi) entidad integrada por el capital y el trabajo, como factores de la producción, y dedicada a actividades industriales, mercantiles o de prestación de servicios generalmente con fines lucrativos y con la consiguiente responsabilidad.

        Si intentamos hallar una definición o una delimitación del concepto de empresa en el cuerpo de la Doctrina Social de la Iglesia, el esfuerzo resulta infructuoso. Sólo pueden citarse referencias y aproximaciones o, en el mejor de los casos, la referencia a ciertos elementos que podrían ayudar a hallar una definición. Baste al respecto citar aquí como ejemplo el caso de la Carta Encíclica Centesimus Annus, dada por el Papa Juan Pablo II en el año 1991, la cual señala en su punto 32 que “... muchos bienes no pueden ser producidos de manera adecuada por un solo individuo, sino que exige la colaboración de muchos. Organizar ese esfuerzo productivo, programar su duración en el tiempo, procurar que corresponda de manera positiva a las necesidades que debe satisfacer, asumiendo los riesgos necesarios: todo esto es también una fuente de riqueza en la sociedad actual.”

        Por su parte, resultan interesantes al respecto las reflexiones de Sacheri, al señalar que, dentro de los temas relacionados con el orden económico, se han establecido debates apasionados en torno al concepto de empresa, su naturaleza, fines, estructura interna y función dentro de la sociedad moderna, expresando acerca del concepto de empresa cuanto sigue:

        “Puede decirse que así como la familia es la célula viva del orden social, la empresa constituye la célula primaria del dinamismo económico. La actividad productora de bienes y servicios se inicia a través de la empresa, para luego canalizarse a través de múltiples instituciones de complejidad, recursos y funciones diferentes.

        “En líneas generales puede decirse que es la institución en la cual concurren el trabajo y el capital para la producción y/o distribución de bienes y servicios económicos.”[3]

        A su vez, buena parte de la doctrina del Derecho Comercial más autorizada parece coincidir en que la empresa constituye un concepto económico más que jurídico, aunque resulta ésta una discusión ardua a raíz del perfil bifronte del tema.[4] 

        Así, luego de analizar el tema de la empresa, en cuanto a su noción conceptual, partiendo de la definición que del término en cuestión da el Diccionario de la Real Academia Española, refiriéndose a la doctrina tradicional de la República Argentina, a la doctrina de comienzos del siglo XX, la Doctrina Social de la Iglesia y las modernas doctrinas sobre el tema, bien concluye Etcheverry que el concepto de empresa es económico, extrajurídico, una noción económico-política, que sólo en el futuro puede llegar a constituir un verdadero concepto jurídico.[5] Concepto económico que, en el decir de Fernández y Gómez Leo[6], citando a Zabala Rodríguez, Satanowsky, Olivencia, Siburu y Fontanarrosa, es aquél que ha adoptado la legislación nacional y extranjera respecto del concepto de empresa. Y así, siguiendo las enseñanzas de Fontanarrosa[7], puede definirse la empresa como la actividad de organización de los factores de la producción, el ejercicio de una actividad económica organizada para ciertos fines, y que no puede confundirse con el concepto de empresario, persona física o jurídica que crea la empresa, la organiza, explota, soporta sus pérdidas y aprovecha sus beneficios.

        Por lo hasta aquí expuesto, es necesario señalar que la empresa, en tanto organización de bienes y servicios para producir bienes y servicios, no es un concepto jurídico sino económico, y se encuentra conformada esencialmente por dos factores fundamentales, a saber, el capital y el trabajo, es decir, una cantidad de bienes que aporta el empresario, y el esfuerzo personal que –en algunos casos también puesto por el propio dueño del capital- es aportado por las personas que trabajan en relación de dependencia en la producción de los bienes o servicios objeto de la empresa en cuestión.

        En otras palabras, la empresa es una comunidad conformada a través del aporte de capital que hace un empresario, ya sea una persona física o jurídica, para producir y vender bienes o proporcionar servicios, y mediante la contraprestación correspondiente obtener una ganancia, que en principio es ilimitada, y para ello, cuando no lo hace en soledad, se vale del trabajo personal de uno o varios empleados en relación de dependencia, quienes ponen su fuerza física o intelectual y desarrollan tareas participando en la actividad general de la empresa, sin resultar dueños del producido de su trabajo –el cual es de propiedad del empresario empleador- y por ello reciben una remuneración como retribución por sus tareas, la cual es, en principio, limitada. En tal sentido, el empresario arriesga su capital, es decir, corre con los riesgos propios de la inversión, que puede arrojar una ganancia o una pérdida, y el dependiente suele ser ajeno a dicha situación, ya que habitualmente no participa en las ganancias, sino que su contraprestación está constituida por una remuneración determinada.

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