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DERECHO LABORAL


Enviado por   •  31 de Mayo de 2013  •  5.537 Palabras (23 Páginas)  •  301 Visitas

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DERECHO LABORAL

También llamado Derecho del trabajo o Derecho social) es una rama del Derecho cuyos principios y normas jurídicas que tienen por objeto la tutela del trabajo humano, productivo, libre y por cuenta ajena.

El derecho laboral o Derecho del trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones entre empleador(es), trabajador(es), las asociaciones sindicales del Estado. El Derecho del trabajo se encarga de normar la actividad humana lícita y prestada por un trabajador en relación de dependencia a un empleador a cambio de una contraprestación. Es un sistema normativo heterónomo y autónomo que regula determinados tipos de trabajo dependiente y de relaciones laborales.

De esta manera, el concepto de trabajo al que presta atención el Derecho laboral es la actividad realizada por un humano que produce una modificación del mundo exterior, a través de la cual aquél se provee de los medios materiales o bienes económicos que precisa para su subsistencia (productividad), y cuyos frutos son atribuidos libre y directamente a un tercero.

El fenómeno social para poder dejar y evitar que todo esto ocurra dentro de lo que es el derecho laboral del trabajo genera unas relaciones asimétricas entre las partes contratantes, en las que existe una parte fuerte (el empleador) y una parte débil (el empleado). Por ello, el Derecho laboral tiene una función tuitiva con respecto al trabajador, tendiendo sus normas a restringir la libertad de empresa para proteger a la parte débil frente a la fuerte, y persiguiendo así fines de estructuración social tutelada.

CARACTERÍSTICAS

Las características son los detalles o elementos que lo hacen diferente a los demás, por ejemplo en otra sede estudiamos las del derecho empresarial, artículo que fue publicado en Internet y será publicado en el tratado de derecho empresarial del cual es autor el autor del presente, es decir, un tema importante es el presente, sin embargo ha sido descuidado, todo porque la mayor parte de las investigaciones y publicaciones utilizan el método dogmático y no el funcionalista, lo cual debe ocasionar los estudios correspondientes por parte de los jurisconsultos.

En todo trabajo de investigación y publicaciones deben estudiarse las características, lo cual permitirá conocer mejor el tema estudiado.

Las características del derecho comparado son las siguientes:

Es una disciplina jurídica.

No es una rama del derecho.

Es de reciente creación.

Es interno y externo

Algunas oportunidades son internacionales

Utiliza el método comparativo.

Algunas oportunidades proponen recepciones

Algunas oportunidades proponen transplantes

Algunas oportunidades practicas recepciones

Algunas oportunidades practicas transplantes

Algunas oportunidades aplican macrocomparaciones

Algunas oportunidades aplican microcomparaciones

A nuestro criterio son todos los caracteres del derecho comparado, sin embargo, no pretendemos crear dogmas sino que estos apuntes quizá deban tenerse en cuenta para posteriores estudio no sólo en Perú, sino también en el derecho extranjero.

PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS

En toda sede corresponde estudiar las principales características a efecto de facilitar el estudio y lectura de la presente, lo cual motivará los estudios de esta disciplina jurídica.

Las principales características son que el derecho comparado no es una rama del derecho, es una disciplina jurídica y aplica y estudia el método comparativo al derecho, por lo tanto, los otros caracteres son menos importantes, a los cuales nos hemos referido anteriormente.

FUENTES DEL DERECHO LABORAL

En las constituciones se contemplan las garantías y libertades que tienen los individuos, y la protección de que gozan frente al Estado. En ellas han comenzado a incorporarse derechos sociales que regulan garantías mínimas asegurables para los trabajadores, y frente a sus empleadores. Es así como empiezan a aparecer, en los textos constitucionales, principios y derechos laborales que adquieren el rango normativo máximo: el constitucional. Entre ellos se pueden mencionar:

• Derecho al trabajo.

• Derecho al salario mínimo

• Indemnización ante despido injusto.

• Jornada de trabajo, descanso semanal y las vacaciones.

• Seguridad social. En algunos países este es un mecanismo tripartita: el empleado, el patrono y el estado aportan dinero.

• Estabilidad de los funcionarios públicos.

• Seguridad e higiene en la empresa, para tener un ambiente limpio y sano de trabajo. La materia contempla dos temas específicos: los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales.

• Derecho de sindicación.

• Derecho de huelga y de cierre patronal. Con esto se da una igualdad de armas: si el trabajador tiene derecho a la huelga, el empleador tiene derecho al cierre. Algunos ordenamientos excluyen del derecho a huelga para aquellos sectores que proveen servicios públicos trascendentales.

• Derecho a negociar colectivamente.

TRATADOS INTERNACIONALES

Los tratados internacionales constituyen una fuente directa de regulación de derechos laborales, garantizando a los trabajadores de los países signatarios derechos de mínimos que los estados firmantes se obligan a respetar. Su operatividad dependerá de la teoría monista o dualísta propia de cada legislación nacional.

En países de integración regional o comunitaria, como la Unión Europea, los tratados de integración constituyen fuentes directas a la cual cada país integrante de la comunidad debe adecuar su ordenamiento jurídico, operando de esa forma en un sistema integrado igualitario de protección a todos los trabajadores de la región, y evitando de esa forma legislaciones que operen en desmedro de los otros países, a través de flexibilizaciones regulatorias que permitan un desarrollo social.

Adicionalmente,

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